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“SUNAT no puede solicitar información sobre los clientes de Yape y Plin”

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*Abogado tributarista Jorge Rodriguez “Doctor Impuestos” explica lo que al respecto dice la ley de bancos

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) no puede solicitar información a las entidades del sistema financiero peruano sobre los clientes de Yape y Plin, según especifica la ley de bancos, afirmó el abogado tributarista Jorge Rodriguez, más conocido como “Doctor Impuestos”.
El especialista desmintió las versiones que señalaba que la SUNAT solicitaba información de los clientes de Yape y Plin a las entidades financieras. En ese sentido, afirmó que de acuerdo con la ley de bancos, en sus artículos 140, 143 y 143-A solo puede suministrarse la información al detalle mediante el levantamiento del secreto bancario via judicial, en el caso de evasión tributaria.
Para ello – señaló “Doctor Impuestos” – se requiere que la SUNAT emita una resolución solicitando la información a la entidad financiera, pero se debe precisar que sólo se brindarán los datos que correspondan a operaciones pasivas o saldos promedio. “El detalle sólo se puede brindar mediante el levantamiento del secreto bancario”, recalcó.
El Doctor Jorge Rodriguez señaló que la entrega de información debe cumplir ciertos requisitos establecidos por la ley de bancos, entre ellos por ejemplo, la existencia de acuerdos de derecho internacional o decisiones de la Comunidad Andina de Naciones.
De esta forma queda descartado que la SUNAT realice fiscalización sobre los ingresos de los clientes de Yape y Plin. “Lo he corroborado conversando con los abogados tributaristas de los principales bancos quienes negaron la entrega de información”, argumentó el doctor Jorge Rodríguez.