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Pleno del JNE rechaza apelación presentada por Yessenia Lozano

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El Pleno del JNE ratificó que Yessenia Lozano usó su oficina en el Congreso para exhibir símbolos de APP durante un proceso electoral.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación presentado por Yessenia Lozano, jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso, y confirmó que vulneró el deber de neutralidad electoral. Lozano mantuvo símbolos de Alianza para el Progreso (APP), partido al que está afiliada, en su oficina del Parlamento en plena etapa electoral. La decisión del Pleno del JNE respalda el fallo emitido en primera instancia por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1.

La denuncia fue presentada por un ciudadano que alertó sobre la presencia de una fotografía de César Acuña, líder de APP y gobernador regional de La Libertad, junto con el logotipo del partido político en un espacio institucional. Tras una evaluación, el JEE concluyó que la funcionaria infringió el principio de neutralidad, al utilizar un ambiente del Congreso para proyectar una imagen partidaria en un contexto de elecciones.

El JNE desestima la defensa de Lozano

En sus descargos, Lozano alegó que la sola presencia de una imagen no constituía propaganda política. Argumentó que no convocó a nadie ni buscó influir en el electorado. El Pleno del JNE no aceptó esa defensa. Indicó que la neutralidad no se limita a la conducta activa del funcionario, sino que también se expresa en los elementos simbólicos que utilicen en los espacios públicos que administran.

En su resolución, el JNE sostuvo que «la imagen de una autoridad regional que lidera un partido político, junto al emblema de ese partido, constituyen actos que afectan la imparcialidad exigida a los funcionarios públicos durante los procesos electorales».

Un caso derivado a otras entidades

El Jurado Electoral Especial remitirá el expediente al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y al Congreso de la República., para que actúen según sus competencias. La medida adoptada por el JEE con el objetivo de evaluar posibles responsabilidades administrativas o penales por el uso indebido de instalaciones estatales con fines políticos.

El principio de neutralidad obliga a los trabajadores del Estado a no favorecer a ninguna organización política. En tiempos electorales, ese mandato cobra aún mayor relevancia. La actuación de Lozano contradice esa exigencia, según el máximo ente electoral.