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“De acuerdo a ley, Alejandro Toledo debe dejar el penal de Barbadillo hoy mismo”

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OTRO ESCÁNDALO amenaza la ya frágil institucionalidad del Ministerio Público, porque la demora
en obtener una sentencia judicial en primera instancia acabaría beneficiando al expresidente

Esta mañana, el abogado Paolo Aldea Quincho, defensor del exmandatario, presentó un escrito al Poder Judicial solicitando la inmediata liberación de su representado. Esto debido a que se ha vencido el plazo de 18 meses de
prisión preventiva dictado en su contra por el presunto delito de Lavado de Activos y otros, en agravio del Estado.
El letrado señaló que, de no otorgarse la libertad en las próximas horas, comunicarán esta situación a la
Embajada de los EEUU en Perú. La situación jurídica del expresidente está definida por un Tratado de Extradición de Perú con los EEUU, por lo que se deben respetar escrupulosamente las reglas que imponen la prisión, pero también las que autorizan su libertad.
Según Aldea, el plazo se ha vencido sin que el Ministerio Público solicite o se acuerde de solicitar su prolongación. Esta omisión insubsanable debería otorgarle la libertad hoy mismo, conforme a normas internacionales y la propia Constitución Política de 1993.
De lo contrario, podrían exponerse a una condena internacional por extender la prisión sin el mandato correspondiente.

El Caso Interoceánica

El 15 de julio de 2019, la corte del Distrito Norte de California ordenó la detención del expresidente, atendiendo a la solicitud de extradición por parte de la justicia peruana.
Esta solicitaba su extradición por los delitos de tráfico de influencias, colusión y lavado de activos en Perú. Los casos específicos que sustentaban el pedido estaban relacionados con el presunto pago de una coima de 35 millones 20 millones de dólares por la construcción de la Carretera Interoceánica Sur (Perú-Brasil).
Según las declaraciones del exejecutivo de Odebrecht Jorge Barata, el pago se habría realizado gradualmente entre los años 2006 y 2010 a través de transferencias bancarias y contratos ficticios con empresas de propiedad
del empresario Joseph
Maiman. Los fondos habrían sido utilizados para la compra de propiedades y el pago de hipotecas, lo cual constituiría el delito de lavado de activos. El domingo 23 de abril de 2023, Toledo aterrizó en Lima procedente de Los Ángeles,
custodiado por el servicio de alguaciles estadounidense. En el aeropuerto Jorge Chávez lo esperaban el director
general de la PNP y la Fiscal de la Nación Patricia Benavides.

Plazo Vencido
Con independencia de las acusaciones, el Nuevo Código Procesal Penal establece en su artículo 273° que “al
vencimiento del plazo, sin haberse dictado sentencia de primera instancia, el Juez de oficio o a solicitud de las partes decretará la inmediata libertad del imputado”. Esto es lo que ha ocurrido con Toledo.
Se han cumplido los 18 meses sin sentencia ni ampliación, por lo que procede su libertad inmediata. Al respecto, el abogado Paolo Aldea Quincho ha aportado una larga lista de jurisprudencia que respalda su solicitud. Entre ellas,
la Sentencia Suárez Rosero de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 12 de noviembre de 1977, en la que se estipula que “no se puede restringir la libertad del imputado más allá de los límites nestrictamente necesarios para asegurar que no impedirá el desarrollo eficiente de las investigaciones y que no eludirá la acción de la justicia, pues la prisión preventiva es una medida no punitiva”.
El defensor de Toledo alude, además, a que el plazo se establece desde el momento de la detención del procesado. En el caso de Toledo, se debe tomar en cuenta su detención en los Estados Unidos en 2019, por lo que el plazo de detención del expresidente ya se ha cumplido, debiendo enfrentar su proceso en libertad.