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Mañana 10 de noviembre vence el plazo para acogerse a Permiso Temporal de Permanencia

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El plazo para que los extranjeros en condición migratoria irregular se acojan al Permiso Temporal de Permanencia (PTP) vence mañana viernes 10 de noviembre y será imperativo que dichos ciudadanos inicien ese trámite para permanecer de manera regular en el Perú.

Hasta el momento, cerca de 200 mil personas han optado por solicitar su Permiso Temporal de Permanencia y así normalizar su condición migratoria, en el marco del actual proceso de regularización que empezó el 10 de mayo del presente año.

La Superintendencia Nacional de Migraciones ha reiterado que no existirá ninguna ampliación de plazo para los extranjeros que no se hayan acogido al PTP.

De no optar por iniciar este trámite se aplicará estrictamente la normativa actual que contempla el inicio de procedimientos administrativos sancionadores a extranjeros infractores de la norma migratoria.

Solo podrán allanarse a dicho trámite los extranjeros que permanecieron en el territorio nacional una vez vencido el plazo de permanencia otorgado por la autoridad migratoria correspondiente, así como aquellos que ingresaron al país sin haber realizado el control migratorio, hasta el pasado 10 de mayo de 2023.

Es necesario remarcar que aquellos ciudadanos extranjeros que tengan alertas de Interpol, antecedentes policiales, judiciales o penales no podrán acogerse al Permiso Temporal de Permanencia.

Las restricciones aplican también para aquellos que no cumplan los requisitos establecidos en el Decreto Supremo N°003-2023-IN y las condiciones establecidas en la Resolución de Superintendencia N°000109-2023-Migraciones.

¿Cómo se realizará el trámite?

El trámite se inicia de manera virtual, a través de la Agencia Digital de Migraciones. Allí debe llenar el formulario y adjuntar los documentos solicitados.

Tras ello, se debe elegir una fecha para una cita presencial, durante la cual se registrarán sus datos biométricos.

Posteriormente, se realizará la evaluación de su solicitud en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Las observaciones al trámite realizado, así como el pronunciamiento de la entidad sobre el mismo, se efectuará al buzón electrónico.

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