Medida es necesaria para que dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.
El servicio no para. A través de la Resolución Administrativa N° 000419-2025-CE-PJ, el Poder Judicial, que preside Janet Tello Gilardi, dispuso el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia designados, durante las vacaciones judiciales del 1 de febrero al 2 de marzo del presente año 2026.
Así lo determinó Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), cuya atribución es emitir acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
El órgano de gobierno estableció que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema continúe atendiendo los expedientes a su cargo; así como las instituciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria de esta alta instancia.

En tanto que una Mesa de Partes reciba los asuntos correspondientes a las materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social; además, que continúe sus funciones la Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema.
“Las referidas salas penales, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria y la Mesa de Partes contarán con el personal mínimo necesario, para el cumplimiento de las funciones encomendadas”, precisa la normativa.
Cortes superiores
Asimismo, el CEPJ señaló que operarán los órganos jurisdiccionales de emergencia determinados por las presidencias de las cortes superiores de justicia del país, en el periodo señalado.
Por lo que estos despachos están abocados a tramitar los procesos a su cargo; además, atienden exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que salen de vacaciones: Penal (Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, apelación de mandato de detención, otros).
En Civil (acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso), Familia (consignaciones de alimentos, autorización de viajes de menores, violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores, ampliación de régimen de visitas).

También Laboral (consignaciones laborales), así como todas aquellas solicitudes que los jueces y juezas, de acuerdo con su facultad discrecional, consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativa, Constitucional y Previsional, u otras peticiones que estimen pertinentes.
El CEPJ indicó, de otro lado, que, en cada juzgado penal, cuyo personal se encuentre gozando de vacaciones en febrero, un asistente judicial reciba y tenga a su cargo los expedientes en giro y en archivo, para que se dé trámite a asuntos materia de requerimiento previsto en la mencionada resolución.
Además, que los jueces, juezas y personal auxiliar que no tengan el récord laboral exigido, no salen de vacaciones y conformarán los órganos jurisdiccionales de emergencia, por disposición de la Presidencia de la corte superior correspondiente.
“Los órganos jurisdiccionales de emergencia que recaigan en juzgados mixtos, deben cubrirse en forma prioritaria con los referidos jueces y juezas”, ordena la referida resolución.
Cabe señalar, asimismo, que los titulares de las cortes del país designarán al personal mínimo necesario para el eficaz funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia; quedando facultados a conformar otros que se requieran, así como, a adoptar acciones convenientes en casos no previstos.

La resolución ha sido notificada a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
También a la Presidencia de las Cortes del país, la Coordinadora Nacional del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio, Centro de Investigaciones Judiciales, Oficina de Control Institucional del Poder Judicial, Procuraduría Publica del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial.
Dato
Debe destacarse que, como todos los años, el goce vacacional de jueces y juezas, así como del personal auxiliar jurisdiccional y administrativo, es en el mes de febrero, por lo que el periodo correspondiente al periodo 2025-2026, se realizará del 1 de febrero al 2 de marzo.



