- Caso “cócteles” y caso Sada Goray, mismo juez, mismo error. Abogado Humberto Abanto y jurista
Enrique Ghersi, hacen advertencia
El Decreto Supremo 007-2017-JU define la colaboración eficaz como “un proceso especial autónomo, no contradictorio, basado en el principio del consenso entre las partes y la justicia penal negociada, que tiene por finalidad perseguir eficazmente la delincuencia”.
Por ello, un colaborador debe tener el perfil idóneo y cumplir con ciertos requisitos. No debe lanzar acusaciones sin fundamento buscando inescrupulosamente que le rebajen la pena. El caso más reciente en que las colaboraciones no han tenido ninguna utilidad ha sido en el caso “cócteles”. Recordemos que el fiscal José Domingo Pérez anunciaba contar con la versión de doce colaboradores. Finalmente, el caso fue archivado definitivamente por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.
“Finalmente son los jueces quienes aprueban estas colaboraciones. Ellos siguen siendo cómplices del mal manejo de las colaboraciones eficaces. Cómo es posible que un aspirante a colaborador no califique y de inmediato puede iniciar una nueva colaboración, eso es inaceptable. Sería muy grave por ejemplo que a la señora Sada Goray le hayan aprobado una segunda colaboración” nos dice el reconocido abogado Humberto Abanto.
Corrupta confesa
Como es bien sabido, la corrupta confesa Sada Goray no solo mintió ante la fiscal Marita Barreto, sino que está siendo investigada por haber ordenado destruir su equipo celular y la de sus empleados para desaparecer evidencia de sus delitos. Coincidentemente este caso también está en manos del mismo juez del caso “cocteles”, Wilson Omar Verástegui. Fuentes de fiscalía aseguran que la versión de Sada Goray ha sido corroborada únicamente por sus subordinados, como su abogado Ítalo Arbulú, su chofer Marco del Carmen Lazarte Rojas y su guardaespaldas, Armando Sanchez Fernández.
Los fiscales Jorge García Juarez y Cruyff Martínez – quienes han investigado el caso – parecen no haber evaluado la conducta sesgada de la empresaria investigada, ni la corroboración de su testimonio que se habría realizado únicamente con sus trabajadores. “Desde que se permite que los cabecillas se acojan a la colaboración, se plantea un problema con toda organización criminal, por cuanto el cabecilla tiene una posición de autoridad efectiva, sobre quienes forman parte de la organización criminal (…) Tal vez ahora que viene un nuevo congreso se pueda hacer una modificación para adoptar el estándar internacional en colaboración eficaz como el modelo brasilero. Que la colaboración sea ante el juez, posterior a la sentencia y sea aprobada por el juez y no por la fiscalía” comenta el jurista Enrique Ghersi, consultado para esta nota.




