Juez Torres Tasso cometió error técnico al no pronunciarse sobre totalidad de Resolución 231-JNJ, dejando vacío legal.
Espinoza diseñó mal su estrategia judicial al centrarse solo en su demanda.
Operación para devolver Fiscalía a la caviarada, ese sector que la usó para persecución política a sus enemigos, se caería.
La Junta Nacional de Justicia no ejecutaría la orden que dispuso reponer a Delia Espinoza como fiscal de la Nación. El juez Fidel Torres Tasso cometió un error al no pronunciarse sobre la totalidad de la Resolución 231- JNJ. Este vacío legal impide que el organismo se dé por notificado del fallo.
El magistrado constitucional dejó en el limbo jurídico demandas adicionales de la funcionaria. Espinoza presentó su acción de amparo contra todo el contenido de la resolución. Sin embargo, en la audiencia oralizó solamente la parte que le competía directamente. Este error técnico ahora le pasa factura.
EL ERROR QUE ESPINOZA
NO CALCULÓ
La Resolución 231-JNJ ordenó reponer a Patricia Benavides, a su hermana la jueza Enma Benavides y a la fiscal superior Azucena Solari Escobedo. El artículo 2 de la parte resolutiva incluía a estas tres funcionarias además de Espinoza. La jueza Miluska Cano fue reincorporada por la Corte de Lima en dos días. Espinoza dejó fuera de su amparo a Benavides y a Solari. Esta omisión resultó fatal para sus intereses. Fuentes de la JNJ explicaron que la fiscal basó su amparo en que no podía aplicar la orden porque ella era titular del Ministerio Público. Pero el amparo incluía el extremo de la resolución que afectaba a otra funcionaria de su institución. El juez Torres Tasso tenía que pronunciarse sobre todos los extremos de la resolución impugnada. Al no hacerlo, dejó incompleto su razonamiento jurídico. La JNJ sostiene legítimamente que no puede acatar una orden judicial que no está completa.
LA POSICIÓN
TÉCNICA DE LA JNJ
El organismo presidido por Gino Ríos tiene cinco días útiles para cumplir órdenes judiciales completas. Este plazo vencería el miércoles. Pero la JNJ argumenta que no corresponde darse por notificada de una resolución
con vacíos jurídicos.
La posición del organismo es técnicamente correcta. Un juez debe pronunciarse sobre todos los extremos de lo demandado. Torres Tasso no lo hizo. La JNJ no puede ejecutar parcialmente una orden que tiene efectos sobre otras personas y otras situaciones jurídicas.
El abogado de Espinoza, Luciano López, insiste en que la JNJ debe reponer a su defendida. “Para disipar cualquier trascendido, la Junta debiera reponer, de una vez, a mi defendida”, señaló. Pero este argumento ignora el error judicial que dejó incompleta la resolución.
ESPINOZA RECLAMA
PERO OMITE SU
RESPONSABILIDAD
Delia Espinoza acusó a la JNJ de actuar de manera parcializada. Comparó su caso con las reposiciones de Tomás Gálvez y Patricia Benavides. “Ahí no hubo
ningún tipo de reclamo, de controversia ni demora”, declaró a RPP. Pero no mencionó que en esos casos las resoluciones judiciales estaban completas.
La magistrada esperaba ser repuesta el lunes 20 de octubre. Insistió en que se
trata de una orden jurisdiccional que todo peruano debe cumplir. “Esto no
exime a la Junta Nacional de Justicia”, subrayó. Sin embargo, omitió que ella
misma limitó el alcance de su demanda en la audiencia. Espinoza no asume que su estrategia judicial fue defectuosa. Al oralizar solo la parte que le competía, dejó en el limbo jurídico los otros extremos de la Resolución 231-JNJ. El juez Torres Tasso siguió esa limitación y no se pronunció sobre el resto. Ahora Espinoza paga las consecuencias de su propia táctica.
DATO: REGRESO EXPRÉS de Delia Espinoza responde sospechosamente a
los intereses de los caviares. Estos sostenían influencia en la FN, pero con la llegada de Tomás Gálvez la cosa ha cambiado. El juez Torres Tasso se apresuró. Muy probablemente Espinoza no pueda regresar (por ahora), empero cabe la probabilidad de que la presión de la caviarada termine por imponerla a la fuerza. Esperemos que prime la ley y la razón jurídica.
Una resolución incompleta no se ejecuta
La JNJ actúa dentro del marco legal al no acatar una orden judicial incompleta.
Un juez constitucional debe pronunciarse sobre todos los extremos de la resolución impugnada. Torres Tasso solo abordó la parte que Espinoza eligió oralizar en la audiencia. Dejó sin resolver los efectos sobre otras funcionarias mencionadas en la misma Resolución 231-JNJ. La técnica jurídica obliga a completar el razonamiento antes de ejecutar cualquier mandato. Espinoza diseñó mal su estrategia legal y ahora enfrenta las consecuencias. El organismo de justicia no puede ejecutar parcialmente una orden que tiene efectos sobre múltiples personas y situaciones jurídicas. La fiscal suspendida seguirá fuera del cargo hasta que el Poder Judicial corrija este vacío.