Alejandro Arteaga
El penalista y catedrático universitario advierte que en el Perú operan mafias que ofrecen “servicios” de sicariato a cambio de sumas irrisorias, lo que indica una gran oferta de asesinos a sueldo que acceden fácilmente a armas ilegales.
-En el caso del asesinato del cantante de Armonía 10, ¿qué condena recaería en el asesino?
-Si se trata de un caso de sicariato por encargo, la pena debería ser cadena perpetua, conforme al artículo 108-C del Código Penal. Sin embargo, la pena máxima no es suficiente si no se logra capturar a toda la estructura criminal detrás del crimen. El problema de fondo es que en el Perú operan mafias que ofrecen “servicios” de sicariato a cambio de sumas irrisorias, lo que indica una gran oferta de asesinos a sueldo y la facilidad con la que estos acceden a armas ilegales. Más allá de castigar al sicario, es necesario investigar y sancionar a toda la red que financia y encarga estos crímenes.
-¿Cuál es la condena más alta en el caso de extorsión y el sicariato?
-El Código Penal peruano establece penas severas para estos delitos. La extorsión, conforme al artículo 200 del Código Penal, tiene una pena privativa de la libertad de hasta 30 años cuando es agravada por el uso de armas, participación de funcionarios públicos o cuando se produce en el marco de una organización criminal. Por otro lado, el sicariato, tipificado en el artículo 108-C del Código Penal, contempla la cadena perpetua cuando hay circunstancias agravantes, como involucrar o atentar contra menores, usar armas de guerra o dentro de una estructura criminal.
-¿Estos delitos y en general el crimen organizado se contrarresta con penas altas?
-Más allá de la severidad de las penas, el problema principal radica en la falta de prevención y en la impunidad. Actualmente, el sistema judicial es ineficiente en la persecución del delito y la Policía Nacional no cuenta con una unidad especializada en la infiltración y desarticulación de estas organizaciones desde su origen. Se necesita fortalecer los mecanismos de inteligencia criminal para anticipar y neutralizar estas redes delictivas antes de que ejecuten sus crímenes.
-¿Hay atenuantes en los procesos por extorsión y sicariato?
-El Código Penal peruano prevé circunstancias atenuantes generales, como la confesión sincera, la colaboración eficaz o el arrepentimiento. Sin embargo, en delitos de alto impacto social como la extorsión y el sicariato, las atenuantes deben aplicarse con extrema rigurosidad. Un problema recurrente es la mala aplicación de la colaboración eficaz. En teoría, este mecanismo busca desarticular estructuras criminales al permitir que los implicados brinden información valiosa a cambio de beneficios. No obstante, en la práctica, se ha convertido en una vía para que delincuentes eviten largas condenas sin que necesariamente se logre la desarticulación total de las organizaciones criminales.
– El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 32130, que modificó el Código Procesal Penal para fortalecer la investigación del delito como función de la Policía. ¿Dio resultados?
-La Ley 32130 intentó fortalecer el papel de la Policía Nacional en la investigación criminal, permitiéndole desarrollar diligencias sin la necesidad de una orden judicial inmediata en determinados casos. Sin embargo, la pregunta clave es: ¿esto ha reducido el crimen? La respuesta es no. El problema no es la falta de normas, sino la falta de implementación efectiva. Se requiere unidades de investigación criminal mejor capacitadas y equipadas, eliminando todo tipo de interferencia política en la labor policial y reforzar la reforma del sistema de justicia y reforzar la labor del Ministerio Público.
-Con un ministro del Interior cuestionado, no es buen ejemplo. ¿Usted estaría a favor de la censura?
-Si un ministro no demuestra capacidad de gestión y liderazgo, debe ser reemplazado. Sin embargo, cambiar de ministros frecuentemente no soluciona el problema estructural. La crisis en el Ministerio del Interior no es solo de nombres, sino de planificación estratégica. Se necesita una política de Estado en seguridad ciudadana que trascienda los gobiernos y no dependa de decisiones improvisadas o de titulares de prensa.
UN CAMBIO PROFUNDO EN LA JUSTICIA
–¿Está a favor de una reforma judicial en el Perú?
Sí, pero no una reforma superficial. Es necesario un cambio profundo en el sistema judicial que incluya exigencias y controles para la probidad de los jueces y operadores de justicia; procesos eficaces y céleres; creación de unidades especializadas en crimen organizado con jueces y fiscales exclusivos, bajo un régimen de protección similar al de otros países con altos índices de criminalidad.
–Recurrir al estado de emergencia, ¿qué opinión le merece?
-El estado de emergencia es una medida temporal que puede dar la impresión de control, pero no soluciona el problema de fondo. No se puede gobernar a base de estados de excepción. Lo que se necesita es una política de seguridad integral basada en la prevención y en la inteligencia policial, pero también en la contrainteligencia, para desarticular a los malos elementos que empañan la institucionalidad de la Policía Nacional.
-¿Cómo podría abrirse una solución a este problema?
-El problema de la inseguridad en el Perú no se resolverá con medidas improvisadas ni con leyes que solo buscan impacto mediático. Se necesita una estrategia de seguridad, basada, como he sostenido, en acciones concretas y sobre todo, con voluntad política. Es innegable que, sin una estrategia de largo plazo, el Perú seguirá aplicando medidas de emergencia que solo postergan el problema sin solucionar el fondo y sin lograr la recuperación de la paz social.