JUEZA SUPREMA JANET TELLO niega haber aplicado norma derogada y continúa politizando aspectos jurídicos.
La jueza suprema Janet Tello Gilardi volvió a victimizarse al señalar que advirtió desde un inicio el uso político de la justicia al responder sobre el proceso disciplinario abierto en la Junta NacionaL de Justicia.
Incluso, con un atrevimiento inusual, sostuvo que ninguna autoridad pueda avocarse a proceso
en trámite y que la Junta Nacional de Justicia comete delito, pues el caso que es materia de investigación
continúa en trámite. “Si uno se aboca a un procedimiento en trámite, como sería esta situación, comete un delito el delito de avocamiento”, aseguró.
La denuncia que originó este procedimiento fue presentada por el ciudadano Julio Ramón Cadenillas Díaz el 4 de noviembre de 2024, es decir durante la gestión del anterior Pleno de la JNJ,
dominada por los caviares (De la Haza, Zavala, Vásquez y Tumialán), que no quisieron abordar el caso.
Durante una entrevista complaciente en el programa Punto Final, sostuvo que toma el caso “con mucha
sorpresa porque los procesos inmediatos sumarios breves son precisamente para aquellos casos graves de conducta”.
Además, afirmó que la Junta Nacional de Justicia no la ha notificado del “proceso sumario” y solicitó
una investigación preliminar que le permita, según ella, explicar los detalles del mismo. Sin embargo, más grave es que haya emitido un pronunciamiento a título personal, usando los recursos del Poder Judicial, basada en las publicaciones de medios periodísticos de evidentes tendencias ideológicas.
Al parecer, Tello Gilardi se ha olvidado del comunicado n.º 001-2025-JNJ, en donde la JNJ garantiza
el respeto absoluto al debido proceso y al derecho de defensa de los jueces investigados. “Todos los magistrados tienen la oportunidad de ejercer su defensa conforme a las garantías establecidas por
la Constitución y las leyes del país”, indica el texto suscribo por el titular del organismo autónomo.
De otro lado, Tello Gilardi prefirió no opinar sobre la supuesta presencia de exfuncionarios del régimen de Dina Boluarte en la administración de la Junta Nacional de Justicia, lo que revela su temor a validar
erróneas publicaciones periodísticas.
INCÓMODA PRECISIÓN
Oportunamente, la Junta Nacional de Justicia reafirmó su competencia exclusiva en la investigación
y sanción de faltas cometidas por jueces supremos, en torno al procedimiento disciplinario seguido a la
referida jueza suprema y otros cuatro magistrados por su actuación funcional en el año 2024 como integrantes de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema.
En el documento, suscrito por el presidente de la Junta Nacional de Justicia, Gino Ríos Patio, también se subraya que la actuación disciplinaria del organismo autónomo se enmarca dentro de las funciones que le han sido asignadas por la Constitución y la ley. En este sentido, recalca que la Junta Nacional de
Justicia es el único órgano competente para fiscalizar y, de ser necesario, sancionar las conductas de los jueces supremos, asegurando que se cumplan los principios de legalidad, transparencia y objetividad.
Asimismo, la JNJ destacó su respeto por la independencia judicial, un principio fundamental en el ordenamiento jurídico peruano. No obstante, precisó que, de acuerdo con la Constitución
y la Ley Orgánica del Poder Judicial, los jueces están sujetos a control por sus actuaciones jurisdiccionales.
Este control no solo es una obligación institucional, sino también un mecanismo esencial para fortalecer la confianza ciudadana en el sistema de justicia.