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Abogado sancionado tiene vínculos con Asociación Deportiva Anticorrupción

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¿Qué pasa con nuestro deporte?. Hace unos días el abogado y ex fiscal peruano Juan Carlos Ticona Castro tomó relevancia por sus vínculos cercanos con el presidente de la Asociación Deportiva Anticorrupción (ADA), Alberto Munar, y aparecer ambos en visitas al Congreso de la República del Perú para promover un polémico proyecto de nueva Ley del Deporte.
Asimismo, Ticona tuvo participación indirecta en proceso electoral de la Federación Deportiva Peruana de Bádminton (FDPB) al haber presentado por mail, al presidente saliente Gonzalo Castillo, las cartas de los miembros del comité electoral y solicitar «cargo de recepción de correo electrónico». Por coincidencia, una de las listas de la FDPB está integrada por Munar, quien va para el cargo de secretario.
Además, el mencionado letrado también fungió como abogado en procesos iniciados por Alberto Munar contra terceros, tanto en el plano administrativo como en el judicial. En fin, son diversas las actuaciones de este abogado en el campo deportivo en la cual ADA aparece defendiendo la bandera contra la corrupción. Un contraste donde las sombras empalidecen las luces.
DESTITUIDO POR MALA PRACTICA PROFESIONAL
En realidad Juan Carlos Ticona Castro supera cualquier personaje de folletín policiaco. En este caso la realidad supera largamente a la ficción. El mencionado letrado firmaba escritos y demandas pese a encontrarse con una sanción vigente por «mala práctica profesional» desde el 4 de marzo del año en curso.
Ticona Castro aparece en el Registro Nacional de Abogados Sancionados por mala práctica profesional (RNAS) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (https://rnas.minjus.gob.pe/rnas/public/sancionado/sancionadoMain.xhtml) que además está informada al Ilustre Colegio de Abogados de Tacna donde está registrado el mencionado abogado.
En la sumilla del expediente 00472-2024 se lee: «Se sancionó al abogado JUAN CARLOS TICONA CASTRO, con sancion disciplinaria de DESTITUCIÓN por haber sido condenado a pena privativa de la libertad de 9 años, incurriendo en falta tipificada en el artículo 54 de la Ley N° 30483 Ley de la Carrera Fiscal».
Para efectos prácticos, las personas que mantengan litigio, en los cuales haya intervenido como abogado Juan Carlos Ticona Castro, tienen vía libre para impugnar la participación de ese letrado por su condición descrita líneas arriba, según documentación del RNAS.