PJ busca garantizar el pago de reparación civil al Estado, por presuntos actos ilícitos cuando era gobernador de Moquegua
La jueza Flor de María Acero Ramos, del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Lima, ordenó el embargo preventivo de siete propiedades del expresidente Martín Vizcarra y su esposa, Maribel Díaz Cabello, para garantizar el pago de una eventual reparación civil al Estado.
La medida fue solicitada por la Sexta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio, que investiga a Vizcarra por presuntos actos ilícitos durante su periodo como gobernador regional de Moquegua, entre 2011 y 2014, relacionados con los proyectos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
Esta disposición también fue avalada por el Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, bajo la supervisión del juez supremo Manuel Luján Tupez.
El embargo abarca bienes inmuebles en Lima y Moquegua, incluyendo dos departamentos, dos estacionamientos y un depósito en el exclusivo distrito de San Isidro, además de dos propiedades en Moquegua.
Entre estas últimas se incluye un lote en una asociación de viviendas que alberga diez subviviendas y un predio ubicado en el centro de la ciudad.
También su esposa
La medida implica que Vizcarra y su esposa no podrán disponer de los inmuebles para su venta, traspaso o donación, protegiendo así el posible cobro de una futura indemnización al Estado en caso de ser hallados culpables.
Este embargo preventivo se enmarca en las facultades otorgadas por el Código Procesal Penal, que establece la inhibición de bienes como una de las medidas de coerción procesal.
Dichas medidas tienen como objetivo preservar los activos mientras las investigaciones avanzan, garantizando que los bienes embargados estén disponibles para cubrir eventuales responsabilidades civiles.
El dato
La jueza Acero Ramos subrayó que la finalidad es proteger el interés público y asegurar que las investigaciones sobre los presuntos delitos cometidos por el expresidente Vizcarra no se vean obstaculizadas por la eventual disposición de estos bienes.