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Jueces y fiscales deben pagar indemnización cuando mandan inocentes a prisión preventiva

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EX PRESIDENTE DEL TC, Ernesto Blume solicita frenar a magistrados “carceleros” que atentan contra libertad y dignidad de investigados. Señaló para Diario UNO, que solo en dictadura meten presos a inocentes, afirma

“Solo en una dictadura se encarcela a una persona en forma abusiva e indiscriminada; no se puede jugar con la libertad y la dignidad humana”, explicó a Diario UNO.
 Constitucionalista alega que en el Perú se ordenan detenciones indiscriminadas como si las personas bajo investigación fueran cosas o muebles, pasibles de un embargo.

En el Perú se hace un uso abusivo y excesivo de
la prisión preventiva, pese a las advertencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y, por el daño que ocasionan a inocentes presos, los fiscales y jueces “carceleros o caneros” deben indemnizar a los afectados, afirmó el ex presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume Fortini.
“No se puede jugar con la libertad y la dignidad humana, menos en una democracia como la que tenemos, porque solo en dictadura se puede encarcelar a una persona en forma abusiva e indiscriminada”, afirmó en entrevista con diario Uno.
El constitucionalista precisó que, en dos in- formes de los años 2013 y 2017, la CIDH advirtió que la aplicación indiscriminada de la prisión preventiva era una demostración de la ineficiencia de la administración de justicia peruana y se llamaba la atención porque los jueces no cum- plían con “el rol garantista que les confiere la ley”.
DEBEN SER GARANTES
“Los jueces deben ser garantes de los derechos de las personas y la libertad es un derecho fundamental a toda persona, por eso la prisión preventiva debe ser aplicada como un último recurso y no alegremente como se ha hecho hasta
ahora”, expresó el jurista, presidente del TC entre el
2018 y 2020, y autor de importantes textos sobre derecho constitucional. Blume Fortini anota que
el TC, en varias sentencias, también se ha pronunciado contra el uso excesivo y abusivo de la prisión preventiva por parte de fiscales y jueces, que no parecen darse cuenta de lo delicado
y grave que resulta enviar a prisión a una persona para que ellos puedan realizar su trabajo de investigación, bajo el supuesto peligro de obstrucción a la justicia. Indicó que esta acusa- ción es muy ancha y ambigua, y puede resultar
contraproducente aplicarla cuando el fiscal, que es el perseguidor del delito, solo tiene indicios y no hechos concretos para acusar a una persona. “En estos casos, aplicar la prisión preventiva arrasa con el concepto de la presunción de inocencia y se puede en- cerrar meses y años a un inocente”, expresó.
SANCIONAR E
INDEMNIZAR
Sobre la base de las ex- periencias de los últimos
años, el ex titular del TC indicó que “algunos fiscales y jueces han violado en forma flagrante el derecho a la presunción de la inocencia con el ar- gumento de la obstrucción a la justicia”, e indicó que por este abuso contra quienes resultaron inocentes, estos magistrados deben ser sancionados y reparar el daño ocasionado.
Al respecto, precisó que se debe aprobar una nor- ma de tal manera que los fiscales y jueces que encarcelan preventivamente a gente inocente, además de ser sancionados deben estar obligados a pagar una indemnización por el grave error cometido, pues los derechos de la persona están garantiza- dos por la Constitución y las leyes. “La persona es el fin supremo”, remarcó.
Precisó que la aplicación abusiva de la prisión preventiva refleja “el facilismo de algunos fiscales que, para hacer su trabajo, ordenan detenciones indiscriminadas como si los investigados fueran cosas o muebles, pasibles de un embargo”. Lamentablemente, agregó, se prefiere seguir el camino persecutor y draconiano, que muchas veces está en contra de los derechos humanos de los investigados.
REVISAR PRISIÓN
PREVENTIVA
Blume Fortini explicó que, por los notorios casos de corrupción registrados en todos los gobiernos, en los últimos años se desató “una esquizofrenia anti corrupción que genera la sociedad de la sospecha” y, bajo este ánimo negativo y con el aparente afán de combatir ese delito, se ini- ciaron procesos y se ordenaron prisiones preventivas en base a presunciones y no con pruebas contundentes.
Para frenar estos abusos, el constitucionalista
recomendó revisar las leyes penales y procesales que rigen esa figura jurídica, y fue tajante en señalar que “es un exceso” disponer de una prisión preventiva de 36 meses. Advirtió que, como ocurre en otros países, en el Perú la prisión preventiva
debe ser una medida excepcional, solo aplicable a delitos muy graves como el terrorismo, el narcotráfico, la violación sexual, donde los autores están identificados plenamente y con pruebas en su contra.
“La prisión preventiva debe ser por plazos breves y
no de 36 meses como ocurre ahora, con la posibilidad de extenderla por otros meses más, lo cual es inaceptable”, anoto.
CRITICA A FISCALES
MEDIÁTICOS
El ex titular del TC también cuestionó duramente a lo que llamó “la justicia mediática y circense”, e in- dicó que algunos fiscales, en lugar de realizar un trabajo serio, objetivo y responsable “más parecen actores de televisión y declaran como políticos, e incluso hablan mal de sus superiores”. En evidente alusión a los fiscales del caso Lava Jato, recomendó que esta situación debe ser revisada en el Ministerio Público.

DATOS:AGREGÓ que el Congreso, la Academia,
los constitucionalistas y expertos en derecho constitucional deben pronunciarse sobre el marco legal que sostiene la prisión preventiva y ofrecer soluciones y alternativa para respetar la presunción de inocencia y no encarcelar a gente inocente.