El Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte logró que se condene a dos años y ocho meses de pena privativa de libertad, a Julio Chávez, exalcalde de la Municipalidad de San Martín de Porres, por el delito de omisión de denuncia.
Mediante un comunicado, el Ministerio Público informó, que, según la investigación a cargo del fiscal adjunto provincial Aníbal Muñoz Olivares, el exalcalde distrital tuvo conocimiento de que el servidor municipal Plácido Ayala exigió indebidamente al dueño de la empresa Flores Hermanos el pago de USD 70 000 a cambio de gestionar la reapertura del terminal terrestre.
El empresario puso en conocimiento este ilegal ofrecimiento a la autoridad y hasta le hizo escuchar un audio que grabó sobre la conducta ilícita. Sin embargo, Chávez omitió deliberadamente denunciar el hecho delictivo, incumpliendo así, de forma consciente, su deber legal respecto al delito de tráfico de influencias de un funcionario bajo su cargo.
El representante del Ministerio Público probó que el exalcalde no realizó un acta ni elaboró informe alguno ni solicitó formalmente la evidencia. En suma, no activó los mecanismos institucionales obligatorios, pese a que su cargo y la normativa municipal (LOM, ROF y MOF) le imponían el deber funcional de denunciar y cautelar los intereses de la entidad edil.
Como parte de la sentencia condenatoria, Julio Chávez fue inhabilitado para el cargo público por el plazo de dos años y deberá pagar S/ 2000 al Estado por concepto de reparación civil, por lo que no podrá postular a cargos públicos y eso podría truncar su intención de postular a la alcaldía de San Martín de Porres.
Omisión de funciones
La misma suerte de Julio Chávez podría correr el actual alcalde de San Martín de Porres, Hernán Sifuentes, los actuales regidores de SMP y el gerente de Fiscalización y Transportes, Marco Antonio Carretero Lizárraga, quiénes podrían ser sentenciados por omisión de funciones por no haber hecho nada para retirar un pórtico metálico de restricción vehicular para una altura superior a los 2.10 mts. que, sin autorización municipal, instaló la empresa Gerais de Plaza Norte (del grupo Wong) en la cuadra 1 de la Avenida Fiori en ese distrito, a finales del 2022.
Como parte de las investigaciones en el expediente 03300-2025-0-0904-JR-PE-01, la autoridad judicial remitió un documento a la municipalidad para que informe si ha dado alguna autorización para que se construya dicho pórtico. Mediante el documento 471-2025-SGSYTT-GFT-MDSMP, la Subgerencia de Seguridad Vial, Transporte y Tránsito, respondió que “no ha recibido ni autorizado solicitud alguna para la instalación del pórtico metálico de restricción vehicular en la cuadra 1 de la Av. Fiori”.
Es decir, desde finales del 2022 hasta la actualidad, la empresa Gerais viene restringiendo el pase vehicular de forma unilateral, sin que la autoridad municipal haya autorizado la instalación del pórtico y tampoco ha realizado alguna labor de fiscalización para impedir ese abuso, cuya finalidad es restringir el ingreso de camiones que lleven productos al mercado de productores y bloquear el tránsito de buses que operan en los terminales de la zona.



