La iniciativa busca modificar el Código Procesal Penal para que presidentes y ministros comparezcan ante jueces y fiscales supremos con nombramiento definitivo, no provisionales. Esto alcanzaría al presidente Pedro Castillo, juzgado irregularmente.
El congresista Américo Gonza Castillo de Perú Libre presentó un proyecto de ley para garantizar que los altos funcionarios del Estado sean procesados únicamente por jueces y fiscales supremos titulares. La propuesta modifica cinco artículos del Nuevo Código Procesal Penal. Surge como respuesta a irregularidades detectadas en el proceso judicial contra el expresidente Pedro Castillo,. En este participan magistrados provisionales pese a que la Ley 27399 exige funcionarios titulares.
Antecedentes normativos ignorados
Gonza explicó que «la Ley 27399 del año 2001 prescribe que los altos funcionarios del Estado comprendidos en el artículo 99 de la Constitución deben ser juzgados por jueces y fiscales supremos titulares». Sin embargo, denunció que este mandato legal no se cumple en el caso de Pedro Castillo.
«Como vemos en el juicio oral tanto los fiscales como los jueces no son titulares, pero de esto ningún abogado de la defensa ha objetado este hecho», criticó el legislador. Además, cuestionó que los defensores «se pasean por los medios de comunicación como estrellas de cine en vez de centrarse en la defensa jurídica».
Críticas al manejo del caso Castillo
El congresista considera que los abogados de Castillo «en vez de defenderlo lo que han hecho es hundirlo más». También calificó el intento de disolución del Congreso como una «tentativa inidónea» ejecutada por Aníbal Torres, Betsy Chávez «y demás caviares, que utilizaron como a niño a Castillo».
Según Gonza, esta figura jurídica «en el peor de los casos solo configuraría como una tentativa inidónea lo cual no tiene pena privativa de la libertad».
Detalles técnicos del proyecto
El proyecto N°11750 modifica los artículos 44, 450, 451, 452 y 453 del Nuevo Código Procesal Penal. La iniciativa precisa textualmente que los funcionarios mencionados en el artículo 99 constitucional «sean procesados por jueces y fiscales supremos titulares».
La propuesta incluye además regulaciones sobre investigaciones preliminares. Establece que el Fiscal de la Nación puede realizar estas investigaciones por un plazo máximo de 60 días naturales. Si encuentra evidencias razonables de delitos, debe formular la denuncia constitucional correspondiente.
Diferencias entre magistrados titulares y provisionales
Gonza explicó la importancia de esta distinción. A letra afirmó: «Los fiscales y jueces provisionales no pasan por un concurso de nombramiento, son promovidos y puestos ahí por sus superiores, para hacer el trabajo sucio que los titulares no quieren hacer».
Esta diferencia resulta clave porque los magistrados titulares obtienen sus cargos mediante concursos públicos, mientras los provisionales son designados directamente por instancias superiores.
Alcance y proyección
Si el Congreso aprueba la propuesta, esta «podría alcanzar al proceso actual que enfrenta el presidente Castillo», según indicó Gonza. El legislador también señaló que esta iniciativa forma parte de una agenda más amplia: «Una razón más para ir por una reforma integral del sistema de justicia».
La medida busca garantizar mayor independencia judicial en casos que involucran a los más altos funcionarios del Estado, desde el presidente hasta ministros y otros cargos contemplados en el artículo 99 constitucional.