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Presidente de la CSJ de Lima Sur, Marco Angulo Morales: «Trata de Menores para explotación laboral o sexual, tiene pena de hasta cadena perpetua»

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Señala que el Poder Judicial está imponiendo penas severas, como corresponde

“El delito de trata de menores, regulado en el artículo 129-A del Código Penal, por grave y pluriofensivo al lesionar varios bienes protegidos por la Constitución, puede ser sancionado hasta con la pena máxima de cadena perpetua”, sostuvo el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Marco Antonio Angulo Morales.
Comete este ilícito el que, mediante violencia, amenaza u otro tipo de coacción, privación de la libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o de cualquier beneficio, capta, transporta, traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país con fines de explotación.

Organizaciones criminales

“La trata de personas es, además, un delito transnacional porque participan organizaciones criminales que no solo delinquen a nivel nacional, sino que tienen conexiones más allá de las fronteras”, refirió el juez superior titular. Y, agregó: “El acto mismo consiste en la ubicación de la víctima para ser trasladada y utilizarla en actividades como prostitución, trabajos forzados, y obtener con ello un beneficio económico ilícito”.
El o los agravantes se dan, cuando la víctima es un/a menor de 18 años de edad o mujeres y si este/a fallece. Al respecto, Angulo Morales indicó que por la gravedad del ilícito las penas van desde los 8 años de cárcel hasta cadena perpetua. “Si la victima fallece como consecuencia del delito de trata, se castiga con la máxima pena”, refirió el juez.

Campamentos mineros

Este delito puede manifestarse cuando la víctima menor es captada y trasladada a un ámbito del trabajo doméstico. También en los campamentos mineros, en que los delincuentes o la organización someten a las víctimas a una especie de esclavitud en actos de prostitución. En este caso, la responsabilidad recae en el tratante y en los clientes de estos servicios ilegales, y por su condición de autor y coautor, tendrán que recibir la drástica sanción, resaltó el magistrado.
Por ello, recalcó el Dr. Marco Angulo que es deber del Estado y del sector justicia cautelar adecuadamente la protección de las victimas menores para que no sean sometidos a estas organizaciones.
“El Poder Judicial está respondiendo a las expectativas de la sociedad y ante los requerimientos fiscales, para la tramitación y posterior juzgamiento y se están imponiendo penas severas como corresponde, porque es un delito grave y representa un alto índice de recurrencia”, puntualizó.

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Tras culminar exitosamente el curso de auditor interno en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

Funcionarios judiciales
reciben certificados

Tras seis meses de exigente estudio y dedicación, se realizó la ceremonia en el Auditorio de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur para entregar los certificados a los funcionarios que participaron en el Curso de Auditor Interno, organizado por este distrito judicial en conjunto con la empresa Fuente de Calidad Consultores E.I.R.L.
El evento fue inaugurado por el Mag. Juan Martín Tafur Velit, jefe de la Unidad de Servicios Judiciales, en representación del presidente de la Corte de Lima Sur, Dr. Marco Antonio Angulo Morales, y contó con la presencia del Lic. César Pinares, jefe de la Unidad de Administración y Finanzas de la Corte.
El Lic. Tafur Velit destacó el gran compromiso y esfuerzo de los participantes durante los seis meses que duró el curso. “Fueron seis meses de arduo trabajo y dedicación, lo cual ha enriquecido los conocimientos adquiridos. Felicitamos a quienes concluyeron con éxito esta capacitación, tan necesaria en las instituciones públicas”, expresó.
Con este curso, la Corte Superior de Justicia de Lima Sur reafirma su compromiso con la formación continua de sus funcionarios y con la implementación de buenas prácticas de gestión y auditoría interna.