* Según el Dr. Luis Vivanco, el caso de Edwin Oviedo, expresidente de la FPF, es un claro ejemplo de los excesos que se pueden cometer con la prisión preventiva. Dijo que al final se concluyó que no existía la organización criminal por la que le aplicaron dicha medida.
Luis Vivanco, abogado de Nicanor Boluarte, señala que el Ministerio Público promueve una medida en base a un artículo que ya no existe porque ha sido derogado
POR: HILMER GASCO
El abogado de Nicanor Boluarte, Luis Vivanco, opinó que, bajo la antigua definición de organización criminal, el Ministerio Público logró encarcelar a muchas personas utilizando testimonios de aspirantes a colaboradores eficaces que no pudieron ser corroborados. Afirma que hay un exceso de prisiones preventivas.
Han solicitado que en el caso de Nicanor Boluarte se aplique la nueva definición de organización criminal.
Estamos buscando que se aplique esta norma porque es una modificatoria al artículo 317 del Código Penal que favorece a los investigados y, en materia penal, las normas que se aplican siempre son las más favorables al reo o al investigado. El juez Richard Concepción Carhuancho ha manifestado que se va a pronunciar sobre este pedido al final de las audiencias, aún no hay un pronunciamiento definitivo. La Fiscalía está promoviendo una prisión preventiva sobre la base de un artículo que ha sido derogado en parte ¿Cómo puedes meter preso a alguien si la norma que tú estás aplicando ya no existe?
¿Esta modificación se da porque el Ministerio Público está abusando del uso del término de organización criminal?
La modificatoria del Congreso eleva los estándares que hay que verificar para poder imputar una organización criminal. Entonces, al elevar el estándar se asegura que cualquier cosa no sea tipificada como organización criminal, o sea, se requiere que tenga una estructura específica.
El MP ha estado utilizando el término de organización criminal para fundamentar sus pedidos de prisión preventiva.
No solamente eso. Sobre el título de organización criminal se investiga a una persona a 36 meses, se le mete a la cárcel, y al final, el juicio puede llegar a determinar que no había la organización criminal que se decía. El caso más evidente es el de Edwin Oviedo, a quien metieron preso una barbaridad de meses sobre la base de que había una organización criminal, que luego se ha demostrado que no existía. Y el Poder Judicial acaba de absolverlo.
En el caso de Edwin Oviedo, la sentencia señala que la Fiscalía no pudo corroborar la versión del colaborador eficaz.
Ese es otro tema, porque en estos casos se recurre mucho a los colaboradores, a los aspirantes a colaboradores, y las versiones de éstos se usan como una prueba que se le da un nivel de certeza, cuando no se ha corroborado. Entonces se usa la declaración del aspirante a colaborador eficaz para meter presa a una persona, y después pasan los meses, no se corrobora, la colaboración se cae, se desecha, pero ya la persona estuvo en la cárcel. Entonces, y esa decisión, digamos, no es reversible porque el tiempo que uno está en la cárcel nadie te lo devuelve. Por eso siempre es importante, desde mi punto de vista, que, para usar la declaración de un colaborador eficaz, para meter preso a alguien, tienes que haber corroborado la declaración, y eso pasa por una corroboración judicial, no por una corroboración fiscal.
¿Considera que a los colaboradores eficaces se les está usando para que declaren en cierto sentido a cambio de beneficios?
Muchas veces el colaborador lo que hace es someterse a la colaboración para evitar ir a la cárcel, y, en este contexto, dicen cualquier cosa, después no se corrobora, la colaboración se cae, pero en el camino, con este testimonio no corroborado, se mete a la gente a la cárcel.
¿Cree que existe un abuso de la prisión preventiva especialmente contra políticos?
Así es, y esto viene desde los casos vinculados al tema de Odebrecht hasta ahora. Siempre hay un exceso de prisiones preventivas. Recuerde que han estado presos Ollanta Humala, Keiko Fujimori, Nadine Heredia, y a todos se les ha revocado la prisión porque en todos los casos se ha dicho que esa prisión era abusiva, era ilegítima, pero ya estuvieron presos; entonces, sí existe un abuso. Pareciera que la regla dijese que todos tienen que ir presos. Mire, en el caso del señor Nicanor Boluarte, el juez le impuso una detención preliminar y la revocó, y dijo que no correspondía. Entonces, esa detención también fue un abuso.
¿En el caso de Nicanor Boluarte existe una manipulación política?
En este tipo de casos siempre hay una carga política, ¿no? Y que la Fiscalía insista en una prisión preventiva cuando ya el Poder Judicial le dijo que su detención preliminar no correspondía, te deja una sensación de que algo no anda bien. Por ejemplo, en este requerimiento el tema del peligro procesal es en el mismo sentido. Ha sumado la declaración de algún colaborador eficaz, que tampoco está corroborado; pero en cuanto al peligro procesal es exactamente lo mismo. Entonces, insistir en lo mismo después que ya te dijeron que no corresponde, no pareciera, pues, ser lo más legítimo, lo más justo.
AUDIENCIAS DURARÍAN HASTA LA PRIMERA SEMANA DE OCTUBRE
¿Cuándo podría resolverse el caso de Nicanor Boluarte?
Creo que las audiencias van a durar por lo menos hasta la primera semana de octubre. Este cálculo lo hago porque se trata de un proceso complejo, con varios investigados, por la dinámica de la audiencia. Todo esto hace que las audiencias avancen a la velocidad como lo está haciendo.