El Juzgado Especializado en Extinción de Dominio del Callao a cargo del magistrado Marco Aurelio Tejada Ortiz, declaró fundada la demanda de extinción de dominio de cuatro barras de oro que estaban en posesión de las hermanas Edith Gisela y Lizbeth Yanina Pacori Borda, quienes lo habrían adquirido de manera ilícita y se ordenó que sean entregados al Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI).
Tras la acción de control extraordinario llevada a cabo por la administración aduanera se incautó dos barras de oro de color dorado de 6.04 kg y una barra de 5.08 kg., de propiedad de Edith Gisela Pacori Borda y, dos barras de oro de 6.04 kg, de presunta propiedad de Lizbeth Yanina Pacori Borda, los cuales suman un total de 1´339,336.00 dólares, consignado así en la declaración aduanera de mercancías (DAM).
De acuerdo con las investigaciones, se determinó que, por su elevado valor, es un incremento patrimonial no justificado para ambas hermanas quienes son dueñas de las empresas MINERALES ADRIAN A&A y MINERALES MAYA, respectivamente.
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Ambas iniciaron sus actividades económicas registradas en la SUNAT, en el año dos mil quince, con la venta al por mayor de metales y minerales metalíferos.
Las hermanas han declarado que no compran mineral aurífero porque son productoras y que no desarrollan actividad minera de beneficio, pese a que los instrumentos de gestión ambiental -IGAFOM, indican lo contrario.
En el año 2017 suscribieron un contrato de explotación minera por dos hectáreas, con Eradio Oscalla Zevallos, titular de la concesión DRAGON 02, por el precio de dos mil soles (s/.2,000.00).
Tanto Lizbeth y Edith Pacori Borda han exportado en conjunto, en tres años, 343.10 gramos de oro, valuado en 18´255.290.12 dólares.
El Poder Judicial del Callao determinó que no se justifica adecuadamente la propiedad del mineral, acreditándose que hay indicios que establecen relación con la minería ilegal.