Para el TC, lloriqueante magistrado del Equipo Lava Jato no debe investigar al mencionado abogado por obstrucción a la justicia y declara fundado el recurso
de amparo.
Además, deja sin efecto resolución de Rafael Vela que rechazó el agravio con el que el exabogado de hija del exdictador cuestionó la imparcialidad de fiscal acusador
Por una contundente mayoría de seis votos contra uno, el Tribunal Constitucional (TC) le enmendó la plana al fiscal provincial Domingo Pérez Gómez y al Equipo Especial del caso Lava Jato, y anuló todo el proceso en que se involucra al abogado Arsenio Oré Guardia en el caso Cócteles.
El fallo del TC responde al recurso de amparo presentado por Oré Guardia, a quien el equipo fiscal que lidera Pérez Gómez, acusa del presunto delito de obstrucción a la justicia como parte de su ejercicio profesional como abogado defensor de Keiko Fujimori, la principal acusada del caso Cócteles que ya está en la fase de proceso oral.
El TC igualmente le enmendó la plana al fiscal superior Rafael Vela Barba, precisamente por declarar infundada la solicitud de exclusión del fiscal Pérez Gómez en la investigación a Oré Guardia en el caso Cócteles, solicitada por la defensa del ex abogado de la lideresa del fujimorismo.
La resolución del TC podría retrasar el juicio oral por el caso Cócteles, iniciado el mes pasado sobre las acusaciones del fiscal Pérez que investiga desde hace siete años a Keiko Fujimori y una treintena de dirigentes y simpatizantes de Fuerza Popular, a quienes acusa de lavado de activos por recibir fondos no declarados para la campaña electoral del 2011.
El fallo del TC, según lo explica una información de su Oficina de Imagen Institucional, declara nulos todos los actos fiscales en que se denuncia a Oré Guardia como parte de la organización criminal que supuestamente lideró Keiko Fujimori para recolectar fondos de campaña y lavarlos en bancos a través de la modalidad del “pitufeo”.
En esta organización criminal, según el fiscal Pérez, el abogado Oré Guardia era uno de sus brazos legales y, al iniciarse las investigaciones sobre la recolección de millonarios fondos entregados por la constructora Odebrecht, el BCP y otras entidades, el jurista tuvo una conducta obstruccionista en defensa de los investigados.
NO ERA IMPARCIAL
Al declarar fundada la demanda de amparo (Exp. N° 04382-2023-PA/TC) se señala que el mismo fiscal que padeció la obstrucción de su investigación -en la especialidad de lavado de activos y pérdida de dominio y, luego, en el equipo especial- va a conducir la investigación del delito de obstrucción de la justicia. “En efecto, los hechos de obstrucción que pre- tende investigar han sido cometidos en una investigación que está a su cargo; es decir, quien indaga la obstrucción es el mismo que habría sido obstruido, lo que permitiría suponer suficientemente que una investigación preparatoria en estas circunstancias requeriría solo de su propio testimonio para confirmar su hipótesis fiscal y tornan innecesarios los descargos del investigado. En este supuesto, no hay proceso progresivo de formación de la convicción, ni contingencia en la formulación de la acusación, pues esta ya ha sido decidida”, señala parte del fundamento 24.
Agrega el colegiado del TC que cuando el fiscal conoce personal, directa y previamente los hechos que debe investigar, socava la legitimidad de su investigación, pues desnaturaliza sus fines, los cuales son “reunir los elementos de convicción, de cargo y de descargo, que permitan al fiscal decidir si formula o no acusación”
FISCAL PÉREZ TRABAJO
SIN OBJETIVIDAD
Walter Palomino, defensa legal del abogado Arsenio Oré, saludó la resolución del TC y destacó que el fiscal José
Domingo Pérez trabajó sin objetividad al involucrar a su defendido en el caso Cócteles y acusarlo de obstrucción a la justicia, cuando otro fiscal debió seguir ese caso. “El señor Domingo Pérez imputó a mi patrocinado de forma cuestionable y arbitraria el que supuestamente haya amenazado e inducido a algunas personas de que aparecían como aportantes a la campaña de Fuerza Popular para que declaren falsamente ante su despacho por el caso ‘Cócteles’, el mismo que dirige. Evidentemente esta situación generó que el mencionado fiscal tenga la condición de perjudicado por el resultado de supuesto delito de obstrucción a la justicia”, explicó. “Un fiscal que es perjudicado del supuesto delito no puede ser quien a su vez decide investigar. Eso jurídicamente es imposible e inviable. Este cuestionamiento se realizó primero ante el propio fiscal superior Rafael Vela y se le indicó la necesidad de que se excluya a Pérez Gómez porque carecía de objetividad”, recalcó.