Magistrado Ricardo Brousset explicó alcances del delito de concusión, el cual tiene penas adicionales como la multa e inhabilitación.
El juez supremo provisional Ricardo Brousset Salas advirtió que los funcionarios públicos que cometen el delito de concusión, es decir, cuando abusan de su cargo y obligan, inducen o prometen a una persona otorgar a él, o a un tercero, un bien o cualquier beneficio patrimonial indebido podría recibir la condena de dos a ocho años de prisión efectiva.
Además, el magistrado, señaló, que adicionalmente deberá pagar una pena de 180 a 365 días multa (un porcentaje de la remuneración diaria del imputado) y ser inhabilitados del cargo.
El magistrado remarcó que esta falta es un delito contra la administración pública, y quienes pueden cometerlo son los funcionarios o servidores públicos.
“Este delito se produce cuando el empleado público abusando de su cargo obliga, induce o promete a una persona otorgar a él o a una tercera persona un bien o cualquier beneficio patrimonial, entiéndase, indebido”, explicó.
Brousset Salas añadió que la pena puede no ser efectiva dependiendo de varias circunstancias, como que la pena no supere los cinco o hasta los seis años, en casos especiales. Sobre todo, explicó, no debe existir un pronóstico de reiteración delictiva.
Por último, el juez recordó que ha habido casos en distintas gestiones del Parlamento, en los que algunos congresistas han abusado de su cargo contratando empleados para su despacho, y los obligan a entregarle una cantidad del sueldo establecido, sea para contratar a otro personal y tener a dos con el sueldo de uno. En este caso sería una concusión a favor de tercero o para sí mismo.