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Desprotección familiar, cuidado estatal e inseguridad ciudadana

Clody Genaro Guillén Albán Sociólogo, Máster en Intervención Social por la Universidad Internacional de La Rioja (España).

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Clody Genaro Guillén Albán

Por un elemental razonamiento, «las sociedades con clara visión de futuro son aquellas que actúan para lograr la protección y el bienestar de su infancia». Bajo esta premisa, desde la aprobación del Decreto Legislativo 1297, el Perú ha avanzado en la garantía de

los Derechos de la niñez y la adolescencia y en la búsqueda del fortalecimiento de la familia como medio para evitar la desprotección y la consecuente institucionalización de niñas, niños y adolescentes, con las secuelas psicológicas y sociales que ésta implica, cuando es prolongada y, además, es llevada a cabo por personas que no encuentran satisfacción en la labor que realizan.

Pese a los esfuerzos realizados por el INABIF, en el cuidado que el Estado brinda a niñas, niños y adolescentes sin el cuidado de sus padres o en riesgo de perderlo, se aprecia que no surgen vínculos estables y seguros entre éstos y las personas que están a cargo

de su cuidado, pese a que son figuras sustitutas de parentalidad.

Debido a que los cuidadores remplazan a los padres y los Centros de Acogida Residencial al hogar, a fin de que el cuidado estatal actúe a favor de la salud psicológica y social de las niñas, niños y adolescentes, en el Numeral 12 de las Directrices sobre modalidades

alternativas de cuidado, las Naciones Unidas han recomendado –desde el año 2010– que en los Centros de Acogida Residencial se garantice a las niñas, niños y adolescentes la satisfacción de su necesidad básica de un vínculo continúo y seguro con sus cuidadores,

resaltando que la permanencia del cuidador es un objetivo esencial del cuidado; no obstante, esto debido a que la atención de la infancia es aún un asunto residual, en los Centros de Acogida a cargo del INABIF, se produce una alta rotación de los cuidadores

no solo por los bajos sueldos que tienen (los más bajos de todo el Estado Peruano) sino también por su modalidad contractual, observándose que la rotación de cuidadores no contribuye a que se formen vínculos estables ni apego seguro y, en consecuencia, las

niñas, niños y adolescentes sean inseguros, intolerables, agresivos y violentos durante

la institucionalización y que, al salir de ésta, desarrollen conductas de riesgo y se inserten en grupos que generan violencia, delincuencia e inseguridad. Esto porque la institucionalización es un aprendizaje, en el que la socialización patológica tiene serias

consecuencias sociales.

Por ello, es necesario que el MEF considere entre sus variables del desarrollo a la Economía del Cuidado de niñas, niños y adolescentes y que la ministra de la Mujer exija que el MEF invierta para que en el INABIF se creen vínculos estables entre las niñas, niños y adolescentes y sus cuidadores, a fin de que éstos desarrollen una salud psicológica y social que los aleje de las conductas de riesgo y de grupos que generan

violencia, delincuencia e inseguridad, afectando a toda la sociedad.