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Trabajadores CAS del Poder Judicial migrarán al régimen laboral privado bajo estrictos filtros

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Una nueva ley permite que servidores bajo contratos indeterminados accedan progresivamente al Decreto Legislativo 728, pero excluye a personal temporal, de confianza y sin concurso público

El Congreso publicó la Ley N.º 32504 que autoriza el paso de cientos de trabajadores del Poder Judicial contratados bajo el régimen CAS indeterminado hacia el régimen laboral privado del Decreto Legislativo 728. La medida establece requisitos estrictos y excluye expresamente a servidores temporales, de confianza y sin concurso público. El proceso se ejecutará de forma gradual durante cinco años y se financiará exclusivamente con recursos del Poder Judicial.

Tres requisitos ineludibles para acceder al cambio

La norma fijó tres criterios obligatorios que los trabajadores deben cumplir simultáneamente. Primero, mantener un contrato CAS a plazo indeterminado. Segundo, haber ingresado mediante concurso público. Tercero, ocupar plazas financiadas con presupuesto sostenible. El requisito del concurso público funciona como filtro central. La ley señala que la incorporación «deberá respetar el origen meritocrático del acceso al puesto».

Personal temporal y sancionado queda fuera del beneficio

La ley estableció exclusiones precisas. No accederán al cambio quienes desempeñan funciones ligadas a proyectos temporales, suplencias o cargos de confianza. Tampoco califican los contratados sin concurso público, los servidores de 70 años o más y quienes registren dos o más sanciones firmes en su historial administrativo.

Implementación escalonada sin recursos adicionales del Estado

El artículo 3 ordena ejecutar la incorporación de forma gradual durante cinco años. El criterio de prioridad será la antigüedad contractual. El financiamiento recae de manera exclusiva en el presupuesto institucional del Poder Judicial. La ley precisó que el proceso «no demandará recursos adicionales al Tesoro Público». El MEF realizará el estudio técnico que definirá cómo se implementará cada fase.

Las disposiciones finales asignan al Poder Judicial y al MEF un plazo de 70 días hábiles para emitir las normas de aplicación. La ley ordena crear una comisión con representantes de los trabajadores como veedores. Quienes ingresen al Régimen 728 quedarán sujetos a los derechos de la actividad privada, incluida protección ante el despido injustificado y reconocimiento de la antigüedad acumulada bajo CAS.