El Tercer Juzgado Colegiado descartó el pedido de la defensa de la exalcaldesa para declarar prescritos los delitos de falsedad genérica y falsa declaración. La decisión mantiene vigentes las acusaciones relacionadas con sus campañas electorales financiadas presuntamente por Odebrecht, OAS y Graña y Montero.
La exalcaldesa de Lima Susana Villarán seguirá enfrentando proceso por falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo. El Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional rechazó este martes 28 de octubre su pedido para que estos delitos sean declarados prescritos. La resolución se adoptó por mayoría en el marco del juicio oral que afronta junto a otros seis acusados por presuntos aportes ilícitos a sus campañas.
El Ministerio Público le atribuye también asociación ilícita, colusión agravada y lavado de activos, delitos por los que pide 29 años de cárcel.
Los argumentos rechazados
La abogada Merly Edquen solicitó declarar prescritos dos hechos de la acusación fiscal. Uno se relaciona con la presentación de ingresos y egresos de la campaña contra la revocatoria en 2013. El otro se refiere al informe de la campaña por la reelección en 2014. Para este último delito invocó el artículo 81 del Código Penal que reduce a la mitad el plazo de prescripción para personas mayores de 65 años.
Los otros seis acusados también invocaron la Ley N°31751, conocida como ‘Ley Soto’ o ‘Ley de impunidad’. Esta norma aprobada en mayo de 2023 reduce a un año el plazo de suspensión de la prescripción en procesos penales.
El fiscal José Domingo Pérez calificó la ley como «una ley procrimen». Recordó que en la etapa intermedia ya se había decidido suspender el plazo de prescripción. La procuraduría cuestionó que las defensas plantearan argumentos ya resueltos previamente.
La decisión judicial
El Tercer Juzgado Colegiado señaló que en la etapa intermedia ya se rechazaron pedidos de prescripción mediante control difuso de constitucionalidad. «No correspondería efectuar una reevaluación sobre cuestiones que ya han sido resueltas», indicó.
Sobre la edad de Villarán, el juzgado consideró que los hechos cuestionados podrían estar vinculados con el resto de imputaciones como lavado de activos. Por ello declaró improcedentes los siete pedidos de prescripción por mayoría. El magistrado Max Bengoa emitió un voto en minoría. Las defensas presentaron recursos de reposición que también fueron rechazados. La sesión se retomará el próximo 3 de noviembre.



