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Polémica penal: Poder Judicial rechaza ley que juzga a adolescentes como adultos

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Equipo técnico del Poder Judicial considera inconstitucional la norma que penaliza a menores de 16 y 17 años en el sistema ordinario. Jueces llaman a ejercer control difuso e inaplicar la ley por vulnerar tratados internacionales y el principio del interés superior del niño.

El Poder Judicial, a través de su Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, emitió un contundente pronunciamiento contra la recién promulgada Ley N° 32330. Esta norma, que permite juzgar en el sistema penal ordinario a adolescentes de 16 y 17 años, ha sido calificada como incompatible con la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos firmados por el Perú.

Poder Judicial: Una reforma que atenta contra derechos fundamentales

El comunicado señala que la mencionada ley introduce un enfoque puramente punitivo que desconoce la condición especial de los adolescentes. Este cambio legislativo contraviene estándares nacionales e internacionales de protección que el Perú está obligado a cumplir. La institución judicial advierte que la norma vulnera directamente el artículo 4 de la Constitución Política, que exige una protección especial para los adolescentes.

La ley también contradice la Cuarta Disposición Final y Transitoria constitucional, que obliga a interpretar los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales. «La referida norma vulnera el principio del interés superior del niño y el principio de no regresividad», indica el texto, al representar un retroceso en la protección de los derechos de la niñez y adolescencia.

Contradicción judicial con la Convención sobre los Derechos del Niño

Un punto central del pronunciamiento es la violación a la Convención sobre los Derechos del Niño, tratado internacional que establece un sistema de justicia juvenil orientado a la rehabilitación. Este enfoque prioriza la reintegración social y el respeto por la dignidad de las personas menores de edad, principios que la nueva ley deja de lado al someterlos al sistema penal adulto.

El comunicado recuerda que el Comité de Derechos del Niño ha expresado su preocupación ante normas que permiten juzgar a adolescentes como adultos. Este organismo internacional ha señalado que tales medidas «resultan incompatibles con el principio de trato diferenciado» que debe guiar la justicia juvenil.

Recomendaciones internacionales ignoradas

El Poder Judicial hace hincapié en que organismos internacionales han recomendado que todas las personas menores de 18 años sean procesadas exclusivamente bajo la jurisdicción del sistema de justicia juvenil, sin excepciones. La nueva ley va en sentido contrario a estas recomendaciones, lo que podría derivar en responsabilidad internacional para el Estado peruano.

«Este retroceso pone en riesgo la posibilidad de reintegración social y desarrollo integral de los adolescentes en conflicto con la ley», advierte el comunicado, señalando las graves consecuencias que podría tener la implementación de este enfoque punitivo.

Facultad de control difuso

Ante esta situación, el comunicado recuerda que juezas y jueces están facultados para ejercer control difuso e inaplicar esta ley cuando resulte contraria a la Constitución o a los tratados internacionales. Esta herramienta jurídica permitiría a los magistrados evitar la aplicación de una norma que consideran inconstitucional en casos concretos.

El Poder Judicial no solo se limita a rechazar la nueva legislación, sino que propone alternativas. El pronunciamiento exige «la pronta implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes y su reglamento», un marco normativo que incorpora mecanismos de justicia restaurativa, terapéutica y diferenciada.

Esta alternativa, señala el comunicado, estaría en concordancia con los compromisos asumidos por el Estado peruano en materia de derechos humanos, especialmente en lo referente a la protección de menores en conflicto con la ley penal.

El pronunciamiento, fechado en Lima el 10 de mayo de 2025, evidencia la tensión institucional entre el Poder Judicial y los poderes Legislativo y Ejecutivo responsables de la aprobación y promulgación de la cuestionada ley. La postura clara del sistema judicial apela al respeto de los derechos fundamentales por encima de enfoques meramente punitivos en el tratamiento de adolescentes infractores.