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Salas Arenas deslinda responsabilidad del JNE en afiliaciones indebidas a partidos políticos

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Las irregularidades en padrones políticos correspondían a verificaciones deficientes que no competían al Jurado Nacional de Elecciones, según explicó el expresidente de la institución.

El expresidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas, aclaró que las inscripciones irregulares a partidos políticos podrían ser resultado de «cotejos ineficaces», tarea que no corresponde a la institución a la que se dirige.

«Ninguna organización política fue inscrita con menos afiliaciones que las exigidas en las indicadas resoluciones», manifestó Salas Arenas mediante un comunicado escrito. La Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) mostró únicamente las fichas verificadas, dejando fuera las observadas.

El expresidente del JNE concluyó que «las afiliaciones indebidas pueden provenir de cotejos ineficaces, labor ajena a las funciones del JNE», y solicitó que sea el Ministerio Público quien investigue estas irregularidades.

Responsabilidad de verificación de padrones

Salas Arenas precisó que el JNE no tiene competencia para verificar firmas en los padrones políticos. Esta responsabilidad fue asignada al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) mediante la Ley 31943.

El exfuncionario recordó que «en junio de 2023 Reniec comunicó al JNE que ya no verificaría las firmas de las fichas de afiliados». La institución devolvió los padrones al Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

«La inscripción de las organizaciones políticas ha sido y es deber funcional de la DNROP», puntualizó Salas Arenas. Los miembros del Pleno del JNE no participan en este proceso para mantener la imparcialidad en caso de apelaciones posteriores.

Marco legal actualizado

El expresidente del JNE señaló que el 25 de noviembre de 2023, el Parlamento aprobó la Ley 31943. Esta norma establece claramente que corresponde a Reniec verificar las firmas de padrones de afiliados remitidos por el ROP.

La legislación faculta a Reniec para utilizar la tecnología pertinente en el proceso de verificación. Esto refuerza la posición de Salas Arenas sobre la distribución de competencias institucionales.

En su declaración, el exfuncionario insistió en que las afiliaciones indebidas deben ser investigadas por las autoridades competentes. El JNE mantiene su rol como entidad electoral sin responsabilidad en las irregularidades de verificación.