El fallo declara inconstitucional cualquier norma que otorgue impunidad a los mineros informales dentro del Reinfo.
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Estado no puede aprobar ninguna norma que exima de responsabilidad penal, civil o administrativa a los mineros informales, ni siquiera durante su proceso de formalización a través del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). Esta decisión se da tras declarar improcedente, por mayoría, la demanda del Colegio de Abogados de Loreto contra los artículos 1 y 2 de la Ley 31388. El fallo afirma que ninguna política pública puede vulnerar el derecho fundamental a un medio ambiente sano, y exhorta al Congreso y al Poder Ejecutivo a construir un nuevo modelo de formalización para la minería artesanal y de pequeña escala.
Minero informales: Formalización no es impunidad
El TC precisó que «no puede contemplarse la impunidad penal frente a delitos ambientales, ni siquiera como parte de un régimen transitorio». Afirmó que permitir la exoneración de responsabilidad en el marco del Reinfo o en futuras prórrogas «contraviene el deber estatal de proteger el medio ambiente». En sus fundamentos, el Tribunal dejó claro que «no resulta constitucional permitir exenciones penales dentro del Reinfo ni en futuras prórrogas del mismo».
El máximo intérprete de la Constitución insistió en que el derecho a un medio ambiente sano es un derecho fundamental que no puede ser vulnerado «bajo ningún modelo normativo, temporal o permanente».
Una política que debe cambiar
El TC también advirtió que las políticas públicas actuales han tenido escasos avances. Expresó su preocupación por los impactos que puede traer la falta de medidas urgentes. «Si no se toman medidas urgentes», alertó la sentencia, «se agravarán los daños a las poblaciones vulnerables, el medio ambiente y la recaudación fiscal». Además, advirtió que continuar por la misma vía fortalecerá el poder de la minería ilegal.
Una reforma con participación de los mineros informales
En esa línea, el Tribunal exhortó al Congreso y al Poder Ejecutivo a diseñar y ejecutar «un nuevo sistema de formalización para la minería artesanal y de pequeña escala». Esta reforma, precisó, debe contar con «la participación activa de los mineros informales, los titulares de concesiones y las comunidades afectadas».
Sentencia dividida, mensaje unánime
El fallo contó con los votos de los magistrados Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, César Ochoa y Pedro Hernández. La minoría —Pacheco, Domínguez y Monteagudo— consideró que la demanda del Colegio de Abogados de Loreto sí debía ser acogida. Sin embargo, todos los magistrados coincidieron en rechazar la exoneración de responsabilidad penal en el Reinfo.
Esta sentencia marca un precedente clave para el futuro de la minería informal en el país. El mensaje del TC es claro: la formalización no puede ser sinónimo de impunidad. El Estado debe asumir un rol activo y responsable en la protección del medio ambiente y en el combate a la ilegalidad.