Con nuevas exigencias para el personal, centros de formación y mayor integración con la PNP, el Ejecutivo busca profesionalizar a los serenos como actores clave frente a la inseguridad ciudadana.
El día de ayer, la presidenta Dina Boluarte promulgó en el Palacio de Gobierno la ley que modifica la Ley 31297, conocida como la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal.
La nueva normativa busca introducir cambios para la optimización de selección, capacitación y entrenamiento de los agentes y de que ellos se conviertan en un apoyo esencial para la Policía Nacional del Perú (PNP) en la lucha contra la inseguridad ciudadana.
Los nuevos cambios de la ley
La ley, publicada y luego aprobada por el Congreso, modifica los artículos 10 y 11, e integra el artículo 7-A a la Ley 3129; asimismo, se actualizan disposiciones complementarias.
Entre los aspectos más relevantes, se impondrán mayores exigencias para los serenos y se establece la normativa para la creación de centros de formación especializados.
Requisitos para postular
En el artículo 7-A se encuentran los requisitos mínimos para poder ser sereno municipal antes de la contratación.
- Tener el documento de identidad (DNI), carnet de extranjería y otros en estado vigente.
- No tener antecedentes penales ni judiciales, ni sentencias por delitos dolosos.
- No pertenecer al registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) o al de Reparaciones Civiles (Redereci).
- Aprobar un concurso público que incluye evaluaciones físicas, psicológicas y de conocimientos en primeros auxilios.
En los requisitos no es necesario tener secundaria completa, pero es considerado como un criterio valorado en los procesos de selección.
Centros de capacitación para serenos
La nueva normativa indica que las municipalidades provinciales y las distritales de Lima Metropolitana que cuenten con capacidad presupuestaria podrán crear centros de capacitación.
Además, estos centros estarán bajo la supervisión del Ministerio del Interior (Mininter), que establecerá los requisitos relacionados con la infraestructura, el personal y la logística. Las municipalidades que no tengan los recursos necesarios podrán acudir a los centros certificados de la Policía Nacional del Perú; esto será a través de convenios.
Esto es según el artículo 10.3 de la norma, en donde se señala que los serenos de las municipalidades que no tengan capacidad presupuestaria podrán recibir capacitación y entrenamiento en los centros de capacitación que estén correctamente certificados por el Mininter o por la PNP.
Contratación de personal con experiencia
La nueva ley menciona la inclusión de licenciados de las Fuerzas Armadas, personal en retiro de la Policía Nacional del Perú o militares, y bomberos voluntarios con más de 36 meses de servicio.
Estos nuevos integrantes tendrán que representar como mínimo el 30% del total de efectivos de serenazgo en cada municipio para que se puedan utilizar sus experiencias en la seguridad ciudadana.
Además, serán beneficiarios en los concursos públicos: 20% para militares, 15% para policías y 10% para bomberos.
Plazo para la adecuación reglamentaria
El Poder Ejecutivo dispone de 60 días hábiles para adaptar el reglamento de la Ley 31297, aprobado por el Decreto Supremo 009-2022-IN, a las modificaciones establecidas. Este proceso garantiza la implementación efectiva de las nuevas disposiciones.
Cabe mencionar que durante la ceremonia de promulgación, en una sesión del Cuarto de Guerra, la presidenta aseguró que la nueva ley es “clave para profesionalizar” el trabajo del sereno y convertirlo en un aliado fuerte, cercano y eficiente de la Policía Nacional del Perú.