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Poder Judicial: actos de crueldad contra animales también son sancionados en unidades de flagrancia

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Las unidades de flagrancia que actúan de manera eficaz, efectiva y de manera rauda ante hechos delincuenciales, de agresión, entre otros, también contemplan la rápida sanción contra todo aquel que maltrate, lastime o mate a un animal doméstico o silvestre en flagrancia.

En ese sentido, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Marco Angulo Morales, aseguró también que los actos de crueldad como el abandono a animales son sancionados de manera más célere e inmediata.

El magistrado aseveró que este tipo de procesos en la unidad de flagrancia concluyen en un plazo máximo de 72 horas, el cual podría reducirse de 10 a 12 horas en caso el imputado se acoja a la terminación anticipada (acuerdo previo con el Ministerio Público al reconocer la culpabilidad del hecho denunciado).

Pide a ciudadanía denunciar

Al respecto, explicó que para que la denuncia sea remitida a una unidad de flagrancia el imputado debe ser detenido en el momento que está cometiendo el acto de crueldad o abandono contra el animal, por lo cual pidió la participación de la ciudadanía para denunciar este tipo de delitos en el acto.

“Si se produce mediante la flagrancia delictiva existe aprehensión inmediata. La denuncia puede hacerse de manera inmediata, apenas se produjo el hecho delictivo (…) y puede presentarse ante la autoridad policial o ante el representante del Ministerio Público”, detalló.

Señaló que una vez la unidad de flagrancia recibe este tipo de denuncia, la fiscal verifica los presupuestos para la tramitación de un proceso inmediato, seguidamente el juez recibe el requerimiento de incoación y tramita inmediatamente el proceso inmediato en una audiencia de juicio oral.

Primera sentencia en unidad de flagrancia de Lima Sur

En ese sentido, el presidente de la Corte de Lima Sur reveló que la unidad de flagrancia de su jurisdicción ya viene dictando sentencias por maltrato animal.

“En nuestro caso, ya se ha impuesto una pena privativa de la libertad de 11 meses con carácter suspendida contra Ángel Rivera Cárdenas por el delito contra el patrimonio- daños, abandono y actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres.

Asimismo, se le dictó la inhabilitación de manera definitiva para animales domésticos”, dijo.

En ese sentido, el magistrado Angulo Morales señaló que quien maltrata o abandona a un animal puede ser condenado a una pena máxima de tres años de prisión y la inhabilitación. Sin embargo, esta pena se incrementa a cinco años si el animal fallece.

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