Home post-format-video Denuncian por fraude a expresidente del Country Club El Bosque

Denuncian por fraude a expresidente del Country Club El Bosque

3841
0

• García Otoya extendió ilegalmente su mandato por ocho años y su gestión irresponsable llevó a la institución al borde del colapso económico


El actual abogado del Country Club El Bosque, Fernando Fernández Marcellini, manifestó que, Rodolfo García Otoya, viene siendo investigado en el Ministerio Publico, por el delito de fraude en la administración de personas jurídicas en agravio de la asociación y por lavado de activos en agravio del Estado.
Fernández Marcellini sostuvo que las acciones emprendidas por García Otoya buscan retomar el control del Club, valiéndose de ello de resoluciones judiciales concedidas por jueces de dudosa prolijidad.
Ello, a pesar de que su mandato se extendió por ocho años. Durante este tiempo, su gestión irresponsable llevó al club al borde del colapso económico, situación que quedó en evidencia tras la designación de un administrador judicial, que actualmente trabaja para revertir la crisis.
Antecedentes
En la Asamblea General de Asociados llevada a cabo el 28 y 29 de noviembre de 2015, García Otoya, quien durante la campaña planteó la no reelección, fue elegido presidente de la Asociación Country Club El Bosque y su mandato se inició el 01 de enero de 2016.
En abril del año 2017, y a través del mecanismo del “voto doble”, García Otoya logró que personas muy cercanas a él fueran elegidas como miembros de la Junta Electoral; esa Junta elaboró un Reglamento de Elecciones para el proceso electoral de noviembre del 2017.
Presentadas las listas para el proceso electoral antes indicando, la Junta se encargó de tachar a cualquiera que se presentará al proceso, de modo que al final quedó como lista única la que presidia García Otoya.
Este mecanismo irregular fue repetido en los procesos electorales del año 2018-2019 y 2020-2021.
En febrero del año 2020, antes del inicio de la pandemia, se llevó a cabo una Asamblea General de Reconocimiento de Consejo Directivo, en la que se estableció registralmente el inicio y la conclusión del mandato del órgano de gobierno.
El 10 de abril de 2021, se llevó a cabo una Asamblea General de Asociados (virtual) a la que solo se permitió el acceso de los asociados adeptos a García Otoya. En esa Asamblea se eligió a la última Junta Electoral, la que se encargaría del proceso electoral para elegir al Consejo Directivo del año 2022-2023.
Tal como lo establece el estatuto, para ser integrante de ese órgano autónomo, se requiere tener una antigüedad mínima de 05 años de asociado. Sin embargo, se dio el caso de que uno de los asociados elegidos no cumplía con ese requisito, por lo que la Junta se quedó con 04 miembros. Posteriormente, dos asociados renunciaron a integrar ese órgano electoral y al no contar con el quorum mínimo para su funcionamiento, la Junta Electoral quedó disuelta de puro derecho.
El 21 de agosto de 2021, la Junta Electoral publicó un comunicado en el que da cuenta de la disolución de ese órgano electoral.
Ante esta situación, Luis Miguel Ballero Cuervo, amigo personal de García Otoya, recurrió al Juzgado de Lurín, jurisdicción a la que no corresponde nuestra asociación, y presentó una Acción de Amparo en la que solicitó que se suspendan los acuerdos de la Asamblea General de Asociados del 10 de abril de 2021.
Julio Cesar Arbieto Huansi, juez muy cuestionado y sancionado por la OCMA, con celeridad inusual, por decir lo menos, el 10 de noviembre de 2021, admitió a trámite la Acción de Amparo.
El 30 de noviembre de 2021, el juez de Lurín, Julio Cesar Arbieto Huansi, expidió una sentencia que declaró fundada la acción de amparo, con lo que quedaron sin efecto los acuerdos de la Asamblea General de Asociados del 10 de abril de 2021.
Ese mismo órgano jurisdiccional, el Juzgado Civil de Lurín, concedió una Medida Cautelar que dispuso la suspensión de la ejecución de los acuerdos tomados en la asamblea del 10 de abril de 2021, entre ellos, la elección de la Junta Electoral.
Posteriormente, en una “aclaración”, que no era necesaria, por cuanto no había concepto oscuro, y que modifica el sentido de la medida cautelar, a pedido de la demandada, se resolvió la Medida Cautelar de suspensión de acuerdos y anotación de la demanda, lo que implica que el Consejo Directivo que tuvo mandato vigente hasta el 31 de diciembre de 2021 pueda seguir ejerciendo sus funciones de administración de la asociación hasta que se elija al nuevo consejo directivo.
En otras palabras, el juez predilecto de García Otoya le otorgó facultades no solicitadas en la demanda ni en la solicitud de medida cautelar.
Posteriormente, el 12 de mayo de 2023, el Tribunal Constitucional declaró improcedente la acción de amparo interpuesta por el amigo de García Otoya.
En concordancia con lo resuelto por el Tribunal Constitucional, el Juzgado de Lurín ordenó el levantamiento de la Medida Cautelar, por lo que la asociación quedó acéfala desde el 05 de julio de 2023.
García Otoya, quien tomó conocimiento de la resolución del Tribunal Constitucional el 15 de mayo de 2023, al saber que dejaría de ejercer la dirección de la asociación, con fecha 12 de junio de 2023, interpuso una demanda de Administración de Justicia en la que solicita que se le otorguen las facultades de dirección que corresponden al Consejo Directivo y a cada uno de sus miembros.
En este punto, es necesario mencionar que, en el escrito de la demanda de Administración Judicial, García Otoya señala que el Administrador Judicial tendría las facultades establecidas en nuestro estatuto correspondientes al presidente del Consejo Directivo y las de todos los integrantes de este.
También manifiesta de manera expresa que será el administrador judicial quien, en abril de 2024, deberá convocar a la Asamblea General Ordinaria para elegir a la Junta Electoral, que, conforme lo establece el estatuto, es el órgano autónomo encargado de llevar a cabo el proceso electoral para elegir a un nuevo Consejo Directivo.
Como se podrá advertir, García Otoya tenía pleno conocimiento de que la asociación se encontraba acéfala y que requería de un Administrador Judicial que ejerza la dirección de la asociación y convoque a una Asamblea General.
No obstante, el 14 de junio de 2023, es decir, dos días después de haber interpuesto la demanda de Administración Judicial, a sabiendas que sería nula, convocó a una Asamblea General de Elecciones para el 05 y 06 de agosto de 2023.
Para este acto, no se contaba con Junta Electoral, toda vez que esta se disolvió de puro derecho el 21 de agosto de 2021. Sin embargo, siendo su intención continuar en la dirección de la asociación a través de interpósita persona, García Otoya hizo que tres asociados actuaran como miembros de una Junta Electoral de facto.
Llevada a cabo la Asamblea General de Asociados del 05 y 06 de agosto de 2023, se tuvo como ganador a la lista única integrada por los ex miembros del Consejo Directivo de García Otoya.
A solicitud del apoderado de la asociación, el notario de Lima, Alfredo Zambrano, solicitó la inscripción del Consejo Directivo, sin embargo, la justicia administrativa registral tachó la solicitud de Inscripción de Titulo e indicó en el documento que la Junta Electoral no se encontraba vigente y que las elecciones, de acuerdo al estatuto, tienen fechas establecidas, para el caso, abril 2024.
Es en estas circunstancias que García Otoya vuelve al juzgado de Lurín, una jurisdicción NO competente por territorio, y presenta una demanda de Convocatoria a una Asamblea Judicial.
Esta demanda fue tramitada con las irregularidades señaladas anteriormente y el Juez de Lurín la declaró fundada, aunque la sentencia se encuentra impugnada.
El juzgado de Lurín, en el Cuaderno Cautelar, ha otorgado una medida provisional y ha nombrado un Consejo Directivo Transitorio que convocará una Asamblea General en abril; sin embargo, también indica que este Consejo Directivo no podrá ejercer ninguna de las funciones del Administrador Judicial.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here