El Gobierno ha prorrogado el estado de emergencia en la provincia de Ica por un plazo de 30 días calendario, a partir del próximo 14 de marzo. Según el Decreto Supremo 031-2023-PCM, durante el estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.).
Además, se aplicará el artículo 137 de la Constitución, que restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos del artículo 2 de la Carta Magna.
El Decreto Supremo establece que la intervención de la PNP y de las FF.AA. se efectuará según lo dispuesto en el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la policía y en el Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su reglamento.
Asimismo, se tomará en cuenta el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo 002-2023-MIMP.