Ejecutivo publicó norma que prohíbe a funcionarios hacer propaganda, usar recursos del Estado o favorecer candidatos en campaña.
El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo Nº 054-2025-PCM, que fija reglas claras de conducta para todos los funcionarios públicos durante el proceso electoral de 2026. La norma, difundida este viernes en el diario El Peruano, obliga a mantener neutralidad absoluta en el ejercicio de sus funciones, prohíbe el uso de recursos estatales con fines políticos y sanciona cualquier intento de favorecer o perjudicar a partidos o candidatos. Las elecciones están convocadas para el 12 de abril, fecha en la que se elegirá al presidente, vicepresidentes, senadores, diputados y parlamentarios andinos.
Sin propaganda, dentro ni fuera del Estado
La norma recuerda que, desde la convocatoria de elecciones, el Estado tiene prohibido hacer propaganda política o difundir mensajes que favorezcan o perjudiquen a alguna organización. Esto incluye publicaciones oficiales, medios de comunicación públicos y privados, y cualquier canal estatal. Los funcionarios deben garantizar su imparcialidad y denunciar toda falta al deber de neutralidad.
La prohibición es tajante: ningún servidor público puede realizar propaganda, ni siquiera fuera del horario laboral, si está relacionada con sus funciones. También queda vetado el uso de vehículos, oficinas, materiales o cualquier bien del Estado para hacer campaña. «No se puede autorizar el ingreso de candidatos, afiliados o simpatizantes de organizaciones políticas a locales institucionales con fines de proselitismo político», ordena el decreto.
Silencio en redes y medios
A los funcionarios de confianza se les prohíbe emitir opiniones públicas, en cualquier medio, a favor o en contra de candidatos. Esta regla se mantiene durante todo el proceso electoral, sin importar si están o no en horas de trabajo. La medida busca garantizar que quienes representan a instituciones públicas no usen su cargo para influir en la opinión ciudadana.
Ni un dato con fines políticos
La norma también establece restricciones severas sobre el manejo de información. Ningún funcionario puede usar bases de datos estatales para beneficiar o dañar a candidatos o partidos. Tampoco pueden entregar, divulgar u ocultar información confidencial o de acceso público con fines políticos. Toda solicitud de acceso a información debe atenderse con transparencia, sin manipular los datos.
Obras públicas sin candidatos
Quienes postulen a cargos públicos deben abstenerse de participar en inauguraciones o inspecciones de obras desde 90 días antes de las elecciones. También se les prohíbe repartir bienes financiados con dinero público a personas, entidades u otros servidores. Esto busca evitar el uso de recursos del Estado para conseguir votos.
Denuncias abiertas
Cualquier ciudadano puede denunciar, incluso de forma anónima, si un funcionario incumple las normas de neutralidad. Las entidades públicas están obligadas a gestionar esas denuncias y acatar las disposiciones del Jurado Nacional de Elecciones.
El decreto busca “mitigar los riesgos asociados al incumplimiento del deber de neutralidad, fortaleciendo el desempeño ético de los funcionarios, directivos y servidores públicos”. También exige cumplir principios como integridad, legalidad, igualdad, equidad y transparencia. El reto es que esta norma se cumpla, en un contexto donde los vínculos entre poder político y recursos del Estado han sido históricamente vulnerables.