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Fonavi 2023: ¿Cuántos beneficiarios integran el primer padrón?

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El presidente de la Federación de fonavistas, Luis Luzuriaga, informó que a la fecha un millón 200 mil beneficiarios integran el primer padrón para la devolución de sus aportes parciales de los fondos del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI).

Consulta la última actualización sobre el FONAVI. A continuación, te compartimos la actulización y las últimas noticias de la devolución a los aportantes del Fondo Nacional de Vivienda ¿Cuándo se pagaría? ¿Qué se necesita para oficializar la medida? En el siguiente artículo te brindamos un panorama general y actual del tema.

“Está en construcción el padrón, la proyección es casi 2 millones de fonavistas, muchos están en proceso de verificación y se irán incorporando durante el proceso”, indicó.

Añadió que desde el 14 de diciembre podrán cobrar sus aportes las personas que integren el primer padrón que ya está verificado. Para saber si eres beneficiario, debes realizar los siguientes pasos.

– Ingresa al siguiente LINK

– Selecciona tu tipo de documento (DNI, carnet de extranjería o libreta electora.

– Digita el número de tu documento.

– Escribe el código que se mostrará en pantalla.

– Busca tu nombre en la lista de personas registradas.

– Enviaron reglamento al Ejecutivo

Fonavistas recibirán devolución de sus aportes.

En otro momento, Luzuriaga detalló que han enviado el reglamento de la ley de devolución de aportes parciales al Ejecutivo para su aprobación y publicación.

“Recién a partir de ahí el fonavista va a saber qué requisitos y condiciones debe cumplir para acceder el 14 de diciembre a cobrar”, señaló.

Fonavi 2023: Quiénes podrán cobrar los aportes

La devolución de aportes al Fonavi será al fonavista titular o su representante debidamente autorizado.

En caso de fallecimiento será a sus deudos, conforme el siguiente orden:

-El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.

-Los hijos mayores de edad.

-Los padres.

-Los hermanos.

-A falta de las personas indicadas, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.

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