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Derogan norma sobre el uso de caretas faciales en establecimientos de salud por la pandemia COVID-19

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Luego de casi tres años, el Gobierno peruano a través del Ministerio de Salud, derogar la Resolución Ministerial N° 447-2020-MINSA que fueron usadas durante la pandemia por el COVID-19. Una de ellas es el uso de caretas faciales en establecimientos de salud.

La Resolución Ministerial N.º 508-2023/MINSA se deroga el Documento Técnico: Recomendaciones sobre el uso de Escudos Faciales (Caretas) en los Establecimientos de Salud y en la comunidad en el contexto de la pandemia de COVID-19, aprobado por la Resolución Ministerial N.º 447-2020-MINSA.

Como se recuerda, en los hospitales, centros de salud, postas y otros espacios médicos era utilizar estas caretas a fin de protegernos contra este virus que mató a millones en nuestro país.

Otra de las medidas que el Minsa ha tomado, son las actividades en espacios físicos. En efecto, por Resolución Ministerial N.º 506-2023/MINSA proscribe la Directiva Sanitaria que establece medidas para la reincorporación progresiva de la actividad física y de recreación en espacios públicos durante el contexto de la COVID-19, aprobada por la Resolución Ministerial N.º 350-2020-MINSA.

También se refirió que a través de la Resolución Ministerial N.º 507-2023/MINSA se deroga la Directiva Sanitaria respecto al Protocolo que establece las medidas de seguridad y prevención contra la COVID-19 para las actividades de la campaña electoral en las Elecciones Generales 2021, aprobada por la Resolución Ministerial N.º 140-2021/MINSA.

En el caso de las iglesias, la Resolución Ministerial N.º 505-2023/MINSA señala que quedan eliminadas medidas como el distanciamiento social, el uso del alcohol gel para la desinfección de manos a la hora de ingreso, la toma de temperatura, el aforo limitado, desinfección del local, entre otras disposiciones.