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Presidente de la Corte de Lima Sur advierte que conducir en estado de ebriedad conlleva a una penalidad de cárcel efectiva(VIDEO)

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En los fines de semana largos, es recurrente la comisión de delitos como conducción en estado de ebriedad, hurtos o robos, que de ser tramitados estos en las unidades de flagrancia implementadas por el Poder Judicial, pueden ser sancionados, mediante procesos inmediatos, con hasta prisión efectiva.

Así lo advirtió el presidente de la Corte de Lima Sur, Marco Antonio Angulo Morales, quien explicó que las unidades de flagrancia se han implementado en varias cortes del país y los delitos en estos módulos se tramitan en procesos abreviados o inmediatos.

Los delitos que se ponen a consideración de los jueces y juezas en estas unidades, de acuerdo a la norma, son desde hurtos, violencia a la mujer e integrantes del grupo familiar, conducción en estado de ebriedad y omisión a la asistencia familiar, entre otros, indicó.

“Las unidades de flagrancia atienden las 24 horas al servicio de la comunidad, la impartición de justicia no se detiene. Se exhorta a la comunidad a respetar las normas penales porque quien comete estos delitos, que son recurrentes en fines de semana largos, se somete procesos rápidos y la condena emitida en un plazo breve”, dijo.

Sobre conducción en estado en ebriedad, para acreditarse ello, señaló Angulo Morales, se requiere una pericia que debe dar cuenta que el imputado conducía bajo efectos de la ingesta de alcohol en exceso, caso que el fiscal tomado conocimiento del mismo, lo pondrá a consideración de la autoridad jurisdiccional competente requiriendo la incoación del proceso inmediato para su juzgamiento.

Conductores ebrios pena de cárcel 

“Al canalizarse vía proceso inmediato, la pena por este delito recurrente puede llegar a pena de cárcel efectiva de dos a tres años en función las calidades del agente, los daños que ha generado por la comisión del ilícito. Además, penas accesorias como la inhabilitación para que siga realizando sus actividades como conductor y suspensión de licencia”, refirió.

En lo que respecta a hurtos y robos, el magistrado refirió que la flagrancia se asocia al evento consumativo del delito, quien comete el delito ser encontrado al momento del hecho, el imputado huyendo del lugar donde se produjo el evento delictivo, o la detención de la persona dentro de las 24 horas con efectos del delito que cometió.

“El fiscal requiere el inicio del proceso inmediato y tendrá que aportarse elementos probatorios suficientes que permitan relacionar la comisión del delito con la responsabilidad penal del imputado, quien podría reconocer o allanarse a la investigación y colaborar de tal manera que se prefiera el acogimiento a una salida alternativa como una terminación anticipada”, sostuvo Angulo Morales.

“Las penas por robos agravados son elevadas, de seis años a más”, apuntó el juez.

Angulo Morales recalcó que en las unidades de flagrancia los procesos son tramitados de manera rápida con intervención de los fiscales que incoan o requieren que se tramite el proceso inmediato y en 72 horas se impone la pena privativa de libertad, lo que se ejecuta de manera inmediata.

“Con el proceso inmediato se suprime la investigación preparatoria y la etapa intermedia de tal manera que existe esa sencillez en la tramitación del proceso. Las unidades son una garantía para una justicia eficaz célere y oportuna”, remarcó.

Debe señalarse que el Poder Judicial puso en funcionamiento unidades de flagrancia, que congregan al Ministerio Público, Policía Nacional, Defensa Pública y Poder Judicial, en San Juan de Lurigancho en la Corte Superior de Justicia de Lima Este, asimismo, en Trujillo, Lima Norte y Lima Sur.