Reglamento del Ejecutivo permite heredar el Reinfo, aunque la ley no lo contempla. Expertos denuncian una prórroga encubierta y sin fin.
El Gobierno aprobó el reglamento de la Ley 32213, que amplía el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), permitiendo que la inscripción pueda heredarse cuando fallece el titular. Aunque esta posibilidad no figura en la ley, el Decreto Supremo N° 009-2025-EM la incluye, generando críticas por una supuesta extralimitación del Ejecutivo. Para el expresidente de la SNMPE, Carlos Gálvez, esta medida allana el camino para extender indefinidamente el proceso de formalización. Desde el Gobierno alegan que se actuó por orden del Consejo de Minería.

Reinfo hereditario sin base legal
El reglamento publicado en El Peruano permite que el Reinfo se transmita por sucesión. Según la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo N° 009-2025-EM, si el minero informal fallece, el registro puede pasar a sus herederos, siempre que se encuentren inscritos en los registros públicos. Si hay más de un heredero, deben constituir una persona jurídica para solicitar la continuidad del proceso. La finalidad, según el texto, es que haya “un único responsable de los impactos generados por el desarrollo de la actividad minera y culmine el proceso de formalización”.
Sin embargo, la Ley 32213, que amplía el Reinfo hasta el 30 de junio de 2025, no menciona la posibilidad de heredar el registro. Esto convierte al reglamento en una norma que va más allá de lo que la ley permite. La misma ley establece que el plazo puede extenderse por única vez, hasta por seis meses, mediante decreto supremo del Ministerio de Energía y Minas.

Críticas por posible perpetuación del Reinfo
Carlos Gálvez, expresidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), cuestionó duramente la medida. Asegura que esta decisión convierte al Reinfo en un mecanismo sin final. “Permite que esto sea permanente. El Reinfo, que comenzó como una cuestión temporal, gracias al decreto ya se está convirtiendo con algo permanente (al volverlo hereditario). Es una barbaridad. No me sorprende. Era previsible que lo iban a hacer. Va a ser una cadena sin fin”, declaró.
Gálvez también advirtió que el Decreto Supremo N° 009-2025-EM sería un preámbulo de la próxima ampliación del Reinfo en junio, fecha en que vence su vigencia según la ley. Aunque el reglamento no menciona directamente una prórroga, varios medios informaron que ya se habría producido.
Desde el Gobierno: “Cumplimos con el Consejo de Minería”
El jefe de la Dirección de Formalización Minera, Máximo Gallo, respondió que el decreto supremo no ha ampliado el Reinfo aún. Señaló que esa decisión se tomará solo si el Congreso no aprueba la Ley de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal (MAPE), que regula esta actividad.
Consultado sobre por qué el Ejecutivo decidió permitir la herencia del Reinfo, Gallo explicó que fue una recomendación del Consejo de Minería. “Estamos cumpliendo con una resolución del Consejo de Minería”, indicó. Sobre la advertencia de Gálvez, quien pidió que se precise que la herencia del Reinfo solo rige hasta diciembre, respondió que “sí” es posible hacerlo.
Supervisión y trazabilidad en duda
El reglamento también crea el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), destinado a supervisar la trazabilidad de minerales, explosivos, insumos químicos y productos fiscalizados. Pero el foco sigue puesto en la decisión del Ejecutivo de beneficiar a los mineros informales —entre los cuales, según expertos, hay ilegales camuflados— al permitir heredar un registro que, por ley, es temporal.
Con esta decisión, el Gobierno marca una línea peligrosa entre la formalización minera y la legitimación de prácticas informales con visos de permanencia. Las próximas semanas serán clave: si el Congreso no aprueba la Ley MAPE, el Ejecutivo podrá ampliar el Reinfo nuevamente. Mientras tanto, la legalidad de heredar el Reinfo sigue en entredicho.