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Se aprobó presupuesto de más de S/48 millones para atención alimentaria de las ollas comunes del interior del país

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El Midis refuerza su compromiso con dichas iniciativas ciudadanas y la población más vulnerable.

Con el objetivo de impulsar la economía familiar de las personas en situación de vulnerabilidad, se aprobó la transferencia de más de 48.6 millones de soles al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) para financiar la atención alimentaria complementaria en favor de las ollas comunes del Lima Provincias, el Callao y las provincias del interior del país.

Según el Decreto de Urgencia n.º 029-2023, la actualización del registro de las ollas comunes y sus beneficiarios es responsabilidad de las municipalidades. Para esto, estas iniciativas ciudadanas deben estar registrada en el sistema informático Mankachay Perú y puesto a disposición de las municipalidades.

Además, la olla común debe contar por lo menos con un representante acreditado ante la municipalidad y tener como mínimo 15 beneficiarios y como máximo la cantidad de beneficiarios que puedan ser atendidos considerando la capacidad operativa y la disponibilidad de recursos de la olla.

Ningún beneficiario de la olla común debe ser beneficiario del Programa de Complementación Alimentaria (PCA), exceptuando la modalidad Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente con Tuberculosis y Familia (PANTBC), lo cual es verificado por el Midis.

La municipalidad distrital debe asegurar el cumplimiento de los criterios establecidos y remitir al Midis la solicitud de atención alimentaria complementaria para las ollas comunes existentes en su jurisdicción, adjuntando la resolución de alcaldía o de su órgano de línea respectivo, que aprueba y anexa el listado de ollas comunes y beneficiarios registrados en el sistema informático Mankachay Perú, el mismo que debe contener nombre y dirección de las ollas comunes, nombre y teléfono de su representante acreditado ante la municipalidad distrital, listado nominal de los beneficiarios de cada olla común, la dirección del almacén donde se realiza la recepción de los alimentos, y los datos de la persona responsable de su recepción y conformidad.

 

La documentación señalada debe ser remitida al Midis en un plazo no mayor a 10 días calendario contados desde la vigencia del Decreto de Urgencia n.º 029-2023. Por su parte, el Midis realizará el seguimiento y acompañamiento respectivo. El listado de las ollas comunes será publicado en el portal web del Midis www.gob.pe/midis.

De esta manera, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social refuerza su compromiso con garantizar la alimentación de las ollas comunes.