Ley 32490: Una respuesta del Estado contra la extorsión y el sicariato en el transporte

Publicado el 18/01/2026

El transporte público y de carga, vital para la economía y la movilidad del país, se ha convertido en blanco de extorsiones y asesinatos por encargo. En respuesta, el Congreso promulgó la Ley 32490 y la publicó en El Peruano el 3 de noviembre de 2025. La Oficina de Participación Ciudadana destacó que esta norma impone medidas excepcionales, exige trabajo conjunto entre la Policía, el Ministerio Público, el Ministerio de Transportes y las autoridades regionales y locales, y busca preservar la continuidad del servicio

La ley establece como propósito combatir la extorsión y el sicariato en las empresas de transporte y como objetivo garantizar que el servicio siga operando con seguridad, mediante un esquema que incluye prevención, respuesta inmediata y recuperación

En el apartado de prevención se plantean diversas acciones: vigilar los movimientos financieros para detectar cobros ilegales disfrazados de “vacuna” o “paradero”; certificar rutas, paraderos y terminales que cuenten con vigilancia y botones de emergencia; elaborar y actualizar mapas de zonas de riesgo; capacitar a operadores para identificar y denunciar extorsiones; y crear un fondo estatal que cubra a las unidades amenazadas

Para la respuesta, la norma contempla una intervención coordinada de la Policía, el Ministerio Público, el Poder Judicial y el MTC. Se deben habilitar centros de comando y patrullas especializadas, crear fiscalías y equipos de investigación exclusivos para estos delitos, habilitar rutas alternativas para no interrumpir el servicio, establecer un programa de protección para pasajeros y trabajadores, y activar un sistema de comunicación oficial que frene la difusión de rumores y desinformación.

Las medidas de reactivación están diseñadas para recuperar la capacidad económica y social de las empresas y de los trabajadores perjudicados. Se autorizan préstamos y exoneraciones financiados con bienes decomisados al crimen organizado, se contemplan indemnizaciones y seguros por pérdidas y decesos, programas de ayuda psicológica y reinserción laboral, la rehabilitación de infraestructuras mediante el programa Ruta Segura Restablecida y la creación de un observatorio dedicado a monitorear la criminalidad en el sector.

Las disposiciones finales habilitan al Poder Ejecutivo a dictar normas complementarias y determinan la extinción de dominio de bienes y fondos utilizados para la extorsión o el sicariato, destinando esos recursos al fondo de riesgo y a la atención de las víctimas. Asimismo, crean el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES), compuesto por profesionales del Ministerio del Interior, el Ministerio Público y el Poder Judicial. Este grupo colaborará con la Unidad de Inteligencia Financiera y la Sunat, desarrollará programas de cooperación y tendrá facultades para intervenir de inmediato; estará bajo la supervisión de los órganos de control y de comisiones parlamentarias, y su financiamiento recaerá en el Ministerio de Economía.

En síntesis, la Ley 32490 articula una estrategia integral del Estado frente a un fenómeno que amenaza la seguridad y la economía del transporte. Aúna vigilancia financiera, coordinación institucional, inteligencia operativa, protección a las víctimas y apoyo económico. Su eficacia dependerá de una rápida reglamentación y del trabajo coordinado entre las entidades responsables para que quienes transportan y viajan recuperen la tranquilidad.