Desde hoy, jueves 22 de mayo, los motociclistas en Lima Metropolitana y Callao deberán cumplir con la normativa que exige el uso de cascos certificados y chalecos retrorreflectantes con la placa del vehículo impresa.
A partir de hoy jueves 22 de mayo es obligatorio el uso del casco certificado y chaleco retroreflectante para motociclistas de Lima Metropolitana y Callao, zonas actualmente declaradas en estado de emergencia. Conoce en esta nota las multas y sanciones establecidas por incumplir la normativa.
De acuerdo a la tabla de infracciones del Reglamento Nacional de Tránsito, la multa a los motociclistas que circulen sin casco certificado o sin chaleco retroreflectante con la placa del vehículo visible en Lima Metropolitana y Callao será de de 428 soles
Además de la sanción económica, a los infractores se les asignarán 40 puntos en el récord del conductor por no usar casco y 20 puntos por no usar el chaleco, y se procederá a la retención del vehículo.
De acuerdo con la Resolución Directoral N.° 008-2025-MTC/18, los conductores y pasajeros deben portar un chaleco retrorreflectante que muestre en la espalda el número de placa del vehículo. Esta prenda debe cumplir con especificaciones técnicas orientadas a mejorar la visibilidad del motociclista, especialmente en condiciones de poca luz o durante la noche.
Especificaciones técnicas del chaleco distintivo:
El chaleco distintivo debe confeccionarse con dos tipos de materiales: material de fondo y material retrorreflectivo
El chaleco distintivo debe contar con bandas retrorreflectivas color gris, plata o blanco con un ancho mínimo de 5 cm.
El chaleco distintivo debe contar con una banda horizontal tanto en la parte delantera como en la posterior. En caso de haber dos bandas horizontales, estas deben estar separadas al menos 14 cm entre ellas.
El chaleco distintivo debe contar dos bandas verticales en la parte frontal, una sobre cada hombro. Asimismo, por la parte posterior debe haber también dos bandas verticales, cuya parte superior debe estar en los hombros y cuya parte inferior debe juntarse con la banda horizontal superior.
Especificaciones para la placa de rodaje en el chaleco distintivo:
Las grafías que conforman el número de matrícula deben ser de color negro mate; y deben tener una altura de 6 cm, ancho de 3.5 cm y espaciamiento de 0.5 cm. El grosor de la grafía es de 0.5 cm. Asimismo, el borde es de 1 cm en las partes superior, inferior y costado derecho e izquierdo.
El número de matrícula debe estar inscrito y centrado dentro de un rectángulo con altura mínima de 8 cm, y un ancho de 25.5 cm. El rectángulo debe ser de color blanco y no permitir el paso del color del chaleco.
El rectángulo sobre el que se inscribe la matrícula debe ubicarse por debajo de la banda superior o entre ambas, según corresponda.
Pedro Olivares, director de la Dirección de Seguridad Vial del MTC, explicó en entrevista con Canal N que los chalecos pueden ser de cualquier color, menos el verde fosforescente que usan los efectivos de la Policía de Tránsito. “La placa debe ser letra negra y en fondo blanco”, precisó.
Nuevas medidas para los repartidores de delivery
Así también, el Decreto Supremo N° 006-2025-MTC establece la creación de un registro obligatorio para los repartidores de delivery, quienes dentro de un mes deberán inscribirse en dicho padrón a través de sus municipalidades. Asimismo, deberán trabajar con cajuelas fijadas al chasis posterior de los vehículos. También, deben tener la placa de la moto.
Las infracciones por operar sin cumplir las condiciones establecidas serán consideradas como faltas “Muy Grave”, que están sujetas a multas de 0.8 UIT, equivalente a S/42,8, y el internamiento de la unidad.
¿Cuántas motos hay en el Perú?
La Asociación Automotriz del Perú (AAP) informó a El Comercio que existen más de 2 millones de motocicletas en el país y alrededor de 7 millones de ciudadanos cuyas actividades están relacionadas con este vehículo.
En Lima y Callao, hay aproximadamente 700 mil motos.
Crítica del gremio de motociclistas
José Luis Huamán, presidente de la Asociación de Hermanos Motociclistas Unidos del Perú, rechazó la obligación de usar un chaleco con la placa del vehículo impresa. “Atenta contra nuestro derecho a la dignidad, porque se nos marca como si fuéramos un objeto o un animal. No solo se nos obliga a usar una prenda, sino también a colocarnos una numeración que corresponde a un objeto”, afirmó.
Huamán considera discriminatoria la norma y que estigmatiza a la mayoría de mototiclistas como delincuentes. Además, considera que esta medida puede ocasionar que sean inculpados o multados injustamente.
“Los delincuentes no van a formalizarse ni a cumplir medidas legales. Por el contrario, van a falsificar las placas en sus chalecos, colocando cualquier placa de otra moto, y no van a corresponder con las de las motos que usen, que muchas veces son robadas. Hoy en día los delincuentes en moto tapan las placas o las retiran. Entonces, finalmente un titular de moto inocente será incriminado o el responsable de pagar una multa”, aseguró. “Esto da a la delincuencia mayores capacidades para crear nuevas modalidades de delito. Lo mismo pasó cuando prohibieron la circulación de dos personas en moto”, agregó.
Huamán compartió una foto tomada ayer de un motociclista en la Av. Universitaria usando un chaleco en el que la placa impresa no correspondía a la del vehículo que manejaba.


¿Cuáles son las sanciones?
Uso de casos reglamentarios
Desde estas fechas, conducir una motocicleta sin casco, con un casco que no cumpla las normas técnicas, o utilizando elementos que oculten la identidad, acarreará la aplicación de la infracción G.59 del Reglamento Nacional de Tránsito.
-Infracción con código G.59 (conducir una motocicleta sin casco, o con un casco que no cumpla con las especificaciones técnicas, o utilizar elementos que impidan la identificación del rostro):
Multa equivalente al 8 % de una UIT (S/ 428.00)
Retención del vehículo
40 puntos en el récord del conductor
Chalecos con el número de placa
El uso obligatorio del chaleco con la impresión de la placa del vehículo, tanto para el conductor como para el acompañante de una motocicleta, se encuentra estipulado en el artículo 105 del Reglamento Nacional de Tránsito.
El incumplimiento acarrea la imposición de las infracciones con código G.68 y G.69, las mismas que entrarán en vigencia bajo el mismo criterio del casco de seguridad comentado anteriormente.
-Infracción con código G.68 (no llevar chaleco con la impresión de la placa):
Multa equivalente al 8 % de una UIT (S/ 428.00)
Retención del vehículo
20 puntos en el récord del conductor
-Infracción con código G.69 (restringir o impedir la visibilidad del chaleco con la impresión de la placa):
Multa equivalente al 8 % de una UIT (S/ 428.00)
Retención del vehículo
20 puntos en el récord del conductor
No están obligados a llevar el chaleco: motocicletas de colección, vehículos con placa de exhibición y motocicletas con cilindrada mayor a 500 cc.