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Candidata a Presidencia Ejecutiva de EsSalud fue denunciada por irregular licitación de más de 4 millones de soles

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La actual gerente general de EsSalud La Libertad, Claudia Holguín Armas, goza de tremenda varaza y por su cercanía con el partido Alianza para el Progreso,  es firme candidata a ocupar las riendas de EsSalud,hasta ya se habría reunido con Ministro de Trabajo Daniel Maurate.

Y cómo loa hace, cuál es el negocio. En medio de denuncias por presuntas irregularidades en una licitación de más de 4 millones de soles, la gerente general de EsSalud La Libertad, Claudia Holguín Armas, sería la principal candidata para asumir la Presidencia Ejecutiva de EsSalud. Su posible designación ha generado controversia, no solo por las acusaciones en su contra, sino también por sus reiteradas visitas al Ministerio de Trabajo, donde ha sostenido reuniones con el ministro Daniel Maurate, lo que refuerza la hipótesis de un pacto político entre el Gobierno y Alianza Para el Progreso (APP).

Denunciada por licitación irregular

La controversia comenzó con la licitación pública para el mantenimiento de infraestructura de los establecimientos de salud de EsSalud La Libertad, adjudicada al Consorcio MS en noviembre de 2023. Tras una apelación y una revisión del Tribunal de Contrataciones del Estado (OSCE), se hallaron presuntas irregularidades en la documentación presentada por el consorcio adjudicatario, lo que llevó a la Presidencia Ejecutiva de EsSalud, liderada por María Elena Aguilar, a declarar la nulidad del proceso en mayo de 2024.

Sin embargo, el 21 de junio de 2024, la buena pro fue nuevamente otorgada al Consorcio MS, lo que generó sospechas y llevó a José Antonio Ávalos Ávila a presentar una denuncia ante la Fiscalía de Prevención del Delito de La Libertad. La acusación apunta a la presunta comisión de los delitos de falsedad genérica y colusión, involucrando a Holguín Armas, a la jefa de Asesoría Jurídica Diana Ruiz Idrogo, y a los integrantes del Comité de Selección.

Visitas al Ministerio de Trabajo

Lo que ha encendido aún más las alarmas es que, pese a estas denuncias, Holguín Armas ha realizado constantes visitas al Ministerio de Trabajo, sosteniendo reuniones con el ministro Daniel Maurate. Estas gestiones han levantado sospechas sobre una negociación política entre el Gobierno y el partido Alianza Para el Progreso (APP), liderado por César Acuña.Este posible pacto político entre el Ejecutivo y APP se daría en un momento estratégico, con miras a fortalecer alianzas en el Congreso y asegurar la estabilidad del Gobierno en un año electoral.

Dra Claudia Holguín, goza de la confianza del Líder de AP, César Acuña.
Por eso dispone de plena libertad para hacer campaña proselitista, siendo Gerente de la Red EsSalud de La Libertad

Reacciones

Diversos sectores han exigido que EsSalud no se convierta en una entidad manejada por intereses políticos y que la designación de su presidente ejecutivo responda a criterios técnicos y no a negociaciones partidarias. Desde el Congreso, algunas bancadas han solicitado que el Ministerio de Trabajo aclare las reuniones sostenidas con Holguín Armas, mientras que la Contraloría y la Procuraduría deberían intervenir para garantizar la transparencia en el proceso de selección.

Designación bajo la lupa

La posibilidad de que una funcionaria con denuncias en curso asuma la presidencia ejecutiva de EsSalud ha despertado preocupación entre los trabajadores del sector y la población. Este caso pone en evidencia la necesidad de fortalecer los mecanismos de control en las designaciones de altos funcionarios, evitando que las instituciones relevantes para la salud pública sean utilizadas como moneda de cambio en pactos políticos. Si la designación de Holguín Armas se concreta, quedará en evidencia que la lucha contra la corrupción y la transparencia en la gestión pública siguen siendo promesas incumplidas.

Una licitación con vicios de corrupción 

El 4 de setiembre del 2023, el Seguro Social de Salud de La Libertad-(Es Salud), convocó a licitación pública una obra valorizada en 4 millones 127,904.46 soles para la contratación del «Servicio de Mantenimiento de la Infraestructura de los establecimientos de salud de la Red Asistencial de La Libertad”, presentándose al concurso tres empresas: Ingeniería, minería y construcción JC SAC, Consorcio MS y Consorcio DVF, siendo la adjudicada con la buena pro la empresa Consorcio MS.
Mediante la Carta N° 088-2023-CONSORCIO DVF presentada el 23 de noviembre de 2023, en Mesa de Partes el Tribunal de Contrataciones del Estado (OSCE) el Consorcio DVF, integrado por los proveedores DVF Corporation S.A.C. y Contratistas Generales Luvisa E.I.R.L., interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena pro al Consorcio Adjudicatario.
Tras una exhaustiva evaluación de toda la documentación exhibida en el expediente por parte de la OSCE, la Presidencia Ejecutiva de ESSALUD, la Dra. María Elena Aguilar del Águila, decidió a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva No 505-PE-ESASALUD 2024, del 17 de mayo del 2024 declarar de oficio la nulidad del concurso público contratación del «Servicio de Mantenimiento de la Infraestructura de los Establecimientos de Salud de la Red Asistencial de La Libertad”, e informar al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.

Denuncia ante Fiscalía 
Por esta razón, el 28 de julio del 2024, José Antonio Avalos Ávila, decidió presentar ante la Fiscalía de Prevención de delitos de La Libertad, la denuncia y solicitud de intervención preventiva por presuntas irregularidades en el procedimiento de selección para el otorgamiento de la buena pro para el Servicio de Mantenimiento de la Infraestructura de los establecimientos de salud de la Red Asistencial de La Libertad, en contra de la Gerente General de La Libertad, la Dra. Claudia Holguín Armas, la Jefa de Asesoría Jurídica Diana Ruiz Idrogo y el Comité de Selección integrado por César Augusto Bellido Cubas, Edmundo Augusto Gamarra Osorio, José Félix Gutiérrez Zamora, Joel Hammerly Sosa Arana, Cristian Lino Zafra Sánchez y Robert Herly Tapia Castillo.
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La Libertad, 28 de julio de 2024
FISCALÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO DE LA LIBERTAD.
Presente.
ASUNTO: Denuncia y solicitud de intervención preventiva por presuntas irregularidades en el Procedimiento de Selección CP-SM-7-2023-ESSALUD- RALL-1 – PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE LA RED ASISTENCIAL DE LA LIBERTAD
Yo. JOSÉ ANTONIO AVALOS ÁVILA. identificado con DNI N° 41632602 con domicilio en la Avenida Francisco Bolognesi N° 735, me dirijo respetuosamente a usted para exponer y solicitar lo siguiente:
I. DATOS DE LOS DENUNCIADOS:
INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN: César Augusto Bellido Cubas, Edmundo Augusto Gamarra Osorio, José Félix Gutiérrez Zamora, Joel Hammerly Sosa Arana, Cristian Lino Zafra Sánchez, Robert Herly Tapia Castillo. así como la Gerente de la Red Asistencial La Libertad Claudia Holguín Armas y la Jefe de Asesoría Jurídica Diana Ruiz Idrogo, y a los que resultan responsables, DE LA RED ASISTENCIAL LA LIBERTAD, para que en uso de sus atribuciones, realicen las investigaciones correspondientes para verificar la veracidad de las irregularidades descritas y determine las responsabilidades y sanciones que correspondan de acuerdo a los hechos que paso a exponer:
II. HECHOS DE DENUNCIA:
En el marco del Procedimiento de Selección CP-SM-7-2023-ESSALUD-RALL-1, para la contratación del servicio de mantenimiento de infraestructura de los establecimientos de salud de la Red Asistencial La Libertad, se adjudicó la buena pro al postor CONSORCIO MS, integrado por las empresas Inversiones Perú SAC y Constructora e inmobiliaria COARCA SAC. Sin embargo, se han detectado presuntas irregularidades en la documentación presentada por dicho consorcio, el cual sería falso y/o inexacto, como parte de su oferta técnica.
PRIMERO: El Tribunal de Contrataciones, mediante Resolución N° 00249-TCE-S1 de fecha 22 de enero de 2024, ordenó retrotraer el proceso de selección hasta la etapa de integraciones de bases. Además. se encontró documentación falsa presentada por el postor CONSORCIO MS, procediendo a abrirle un proceso sancionador por infracción tipificada en los literales i) y j) del inciso 50.1 del artículo 50 del TUO de la Ley 30225, Ley de Contrataciones con el Estado.
SEGUNDO: Con fecha 17 de mayo de 2024, se declaró nulo el proceso y se decretó la pérdida de la buena pro del Procedimiento de Selección CP-SM-7-2023-ESSALUD- RALL- 1, según la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 50-PE-ESSALUD-2024. A pesar de esto, con fecha 21 de junio de 2024, se publicó la buena pro del Procedimiento de Selección CP-SM-7-2023-ESSALUD-RALL- 1, adjudicándose nuevamente al CONSORCIO MS, a pesar de que la entidad tenía conocimiento de la presentación de documentación falsa por parte del referido consorcio.
11 I. DOCUMENTACIÓN FALSA O INEXACTA:
Una de las pruebas de la falsedad de la documentación presentada en el certificado de trabajo del 27 de septiembre del 2022 al 05 de mayo del 2023, emitido por el CONSORCIO PEDIATRİA representado por su representante común señora Ofelia Cecilia Taurina Requena, que certifica que el ingeniero Oscar Abel Gamero Herrera, se desempeñó como residente responsable del servicio en el marco del CONTRATO N°040- 2022-HAS POR UN MONTO 667,500.00 SOLES PARA EL MEJORA MIENTO DE INFRA ESTR UCTURA DE LA UNIDAD DE PEDIATRÍA DEL HOSP ITAL DE APOYO 11-2 SULLANA.
Sin embargo, mediante Resolución N° 0019-2023/GOB.REG-DRSP-HAS-4300201661, Sullana, de fecha 26 de enero del 2023 se ordena la conformación del comité de recepción del Servicio en el marco del CONTRATO N°040-2022-HAS POR UN MONTO 667,500.00 SOLES PARA EL MEJORA MIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE LA UNIDAD DE PEDIATR IA DEL HOSPITAL DE APOYO II-2 SULLANA».
La resolución menciona que el 24 de enero del 2023. el Jefe del Departamento de Pediatría solicitó la conformación del comité dc recepción, evidenciando que la con formación del comité de recepción se hizo cl 26 de enero del 2023. mientras que el certificado de trabajo indica que el ingeniero trabajó hasta el 05 de mayo del 2023, después de la terminación dcl servicio, lo cual es imposible, configurando una información falsa y/o inexacta.
IV. DE LOS DELITOS INCURRIDOS
a. FALSEDAD GENÉRICA (Articulo 438): Se configura cuando se consigna información falsa en un documento, como en el caso dcl certificado dc trabajo presentado por cl CONSORC IO MS.
b. COLUSIÓN (Artículo 384): Se configura cuando funcionarios públicos se coluden con particulares para defraudar al Estado, como podría ser el caso de los miembros del Comité de Selección que adjudicaron la buena pro a pesar dc conocer la falsedad de la documentación.
c. Casación N° 2485-2015-Lima: La Corte Suprema establece que la falsificación de documentos y la presentación de información falsa en procesos administrativos constituyen graves infracciones que deben ser sancionadas severamente para garantizar la transparencia y probidad en la administración pública.
d. Acuerdo Plenario N° 1-2016/CJ-116: E1 Pleno Jurisdiccional establece criterios para la tipificación y sanción de conductas de colusión y falsedad documental en el marco de procesos de contratación con cl Estado, resaltando la importancia de la veracidad y la buena fe en las ofertas presentadas por los postores.
Acuerdo Plenario N° 02-2018-TCE: El Tribunal de Contrataciones del Estado define que la presentación de información inexacta o incongruente con la realidad constituye una transgresión al principio de presunción de veracidad, lo cual puede llevar a la nulidad del procedimiento de selección y a sanciones para el postor infractor.
Por lo expuesto, solicito a la Fiscalía dc Prevención del Delito que, en uso de sus atribuciones, intervenga de inmediato en el Procedimiento de Selección CP-SM-7-2023- ESSALUD-RALL-1“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE LA RED ASISTENCIAL LA LlBERTAD» para prevenir la materialización de delitos como falsedad genérica y colusión, y realizar las siguientes acciones:
1. investigación preliminar: inició una investigación preliminar para verificar la veracidad dc las irregularidades descritas y determine las responsabilidades penales correspondientes dc los integrantes del Comité dc Selección: César Augusto Bellido Cubas, Edimundo Augusto Gamarra Osorio, José Félix Gutiérrez Zamora, Joel Hammrly Sosa Arana, Cristian Lino Zafra Sánchez, Robert Herly Tapia Castillo, así como de la Gerente General Claudia Holguín Armas y la Jefe de Asesoría Legal Diana Ruiz ldrogo, y de todos aquellos que resulten responsables.
2. Intervención preventiva: Disponga medidas preventivas INMEDIATA S para suspender el inicio dcl contrato que firmó la empresa CONSORCIO MS con la RED ASISTENCIAL LA LIBERTAD ESSALUD para el inicio del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE LA RED ASISTENCIAL LA LIBERTAD y/o recomendar retrotraer el Procedimiento de Selección CP-SM-7- 2023-ESSALUD-RA LL- 1 hasta la etapa dc calificación y evaluación, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 del TUO de la Ley dc Contrataciones del Estado, debido a la presentación de documentación falsa por parte del postor CONSORCIO MS.
DICHOS HECHOS ILÍCITOS SUCEDEN EN LA RED ASISTENCIAL LA LIBERTAD – ESSALUD SITO EN EL JR. INDEPENDENCIA N° 543 – 547 CENTRO DE TRUJILLO AL COSTADO DE LA IGLESIA CATEDRAL
3. Notificación a entidades competentes: Notifique a la SEDE CENTRAL DE ESSALUD, Contraloría General dc la República y al Organismo Supervisor dc las Contrataciones del Estado (OSCE) para que adopten las medidas pertinentes y sancionadoras en el ámbito de sus competencias.
V. Adjunto a la presente los documentos y pruebas que respaldan mi denuncia:
1. Resolución N° 00249-TCE-S 1 de fecha 22 de enero de 2024.
2. Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 50-PE-ESSALUD-2024 de fecha 17 de mayo de 2024.
3. Certificado de trabajo del 27 de septiembre del 2022 al 05 de mayo del 2023.
4. Resolución NO 0019-2023/GOB.REG-DRS P-HAS-4300201661, Sullana, de fecha 26 de enero del 2023.
POR LO EXPUESTO:
solicito a usted, realizar las acciones que dieran lugar como la inmediata intervención al presente procesamiento en aras de no materializar los delitos denunciados.
Atentamente
José Antonio Avalos Ávila
DNI No 41632602