Política
Congreso aprueba autógrafa para eliminación progresiva del CAS
El pleno del Congreso aprobó por mayoría la autógrafa que dispone la eliminación progresiva del régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) en el sector público. Estos son los alcances de la norma.
El objetivo de la ley es incorporar al régimen laboral DL 728 a los trabajadores que desarrollan labores permanentes en entidades del Estado contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS).
REQUISITOS
Los requisitos son: Realizar labores de carácter permanente al momento de la entrada en vigencia de la ley. Tener contrato CAS por 2 años de modo continuo o 3 años de modo discontinuo. Los plazos se computan a partir de la fecha de la población de la ley.
Asimismo, haber ingresado a la institución mediante concursos públicos o en su defecto haber tenido la condición de servicios no personales y proyecto CAS. Los trabajadores que han renunciado a un CAS para asumir un contrato distinto, se les reconoce los derechos que confiere la ley.
La incorporación del régimen CAS al DL 728 se realiza en forma progresiva, de conformidad, en función al reglamento de la ley y respetando la disponibilidad presupuestal de las entidades públicas.
Desde la entrada en vigencia de la ley, los contratos CAS son de carácter indefinido, solo podrán ser despedidos los trabajadores por causa justa debidamente comprobada.
A partir de la vigencia de la ley, ninguna entidad del Estado podrá contratar bajo el régimen CAS, con excepción de los vigentes y que sean necesarios renovar por no contar el vínculo laboral de los trabajadores.
La insistencia de la norma fue aprobada hoy por mayoría en el Congreso, tras desestimar las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo. Al ser una insistencia, corresponde que la presidenta del Congreso promulgue la norma, la misma que podría ser denunciada por el Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional, en caso lo considere.
EL RÉGIMEN MÁS PRECARIO
Alan Díaz Balcázar, secretario general del Sindicato de Trabajadores CAS de la Universidad Nacional de Trujillo e integrante del Movimiento CAS Nunca Más, manifestó a Diario UNO: “El régimen CAS es el régimen más precario que existe en la administración pública, nosotros estamos vulnerados en los derechos como son la igualdad ante la ley y la no discriminación”.
“El CAS significa que hay dos profesionales que realizan labores en un mismo centro laboral, que tienen el mismo horario, que están en el mismo nivel pero que uno recibe a fin de mes solo su sueldo y el otro recibe su sueldo, gratificaciones, escolaridad y otros beneficios, solo tenemos derecho a nuestro sueldo”, refirió.
“Y lamentablemente el sueldo de los trabajadores CAS según ley está permitido el mínimo que es 930 soles, y estamos supeditados a un contrato que puede ser en el mejor de los casos seis meses pero en la mayoría son de tres meses”, indicó.
Respecto a la posibilidad que el Ejecutivo recurra al Tribunal Constitucional señaló: “Si desde el inicio de nuestra lucha nos hubiésemos puesto a pensar en una denegatoria por parte del Ejecutivo, en que nos iba a costar cuatro años que se pueda aceptar y aprobar, entonces nunca hubiéramos iniciado este camino. Y somos perseverantes, por eso vamos a lograr lo que es algo justo”.
“El Tribunal Constitucional en el año 2011 dio una sentencia, en el cual indicaba que este régimen no podía permanecer tal y como estaba, si bien era constitucional se tenía que dar una mejora a los trabajadores”, agregó.
ELIMINACIÓN PROGRESIVA
Según Díaz Balcázar: “Es por eso que en el 2012 se crea la Ley Nro. 29849, que establece la eliminación progresiva del régimen CAS. Esta decisión del Congreso, no es porque a los parlamentarios se les ocurrió, sino que lo empuja la ley dada en el 2012, que no se haya cumplido es otro tema”.
“Que Servir vea ahora que sus intereses estén comprometidos, porque tenía en el mayor de los casos cinco años para que pasen a todos los trabajadores CAS a la ley del servicio civil, pero no ha ocurrido eso. Porque lo único que es, es una institución con sueldos dorados, mínimo de ocho mil soles y los más altos llegan a 28 mil soles”, resaltó.
ALGO MÁS
“Vamos a seguir luchando, no vamos a desmayar, así el Ejecutivo recurra el Tribunal Constitucional”, subrayó el referente sindical de los trabajadores CAS.
Política
Perú Libre, Fuerza Popular y Renovación Popular lideran conteo de votos

Perú Libre encabeza el conteo de votos válidos en la elección de representantes peruanos para el Parlamento Andino, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en su página web.
Al 99.933 % de actas procesadas esta agrupación obtiene el 16.689 % de las adhesiones. Le siguen Fuerza Popular con 11.692 % y Renovación Popular con 10.196 %.
En cuarta ubicación aparece Acción Popular con 9.224 %, seguido por Avanza País con 8.640 % y Podemos Perú con 7.062 %. Se ubican después Juntos por el Perú con 6.995 %, Alianza para el Progreso con 6.740 % y el Frepap con 6.411 %.
La lista continúa con el Partido Morado con 5.449 %, Somos Perú con 4.202 %, Partido Popular Cristiano con 1.935 %, y el Partido Nacionalista con 1.676 %. Cierran la relación de grupos participantes el Frente Amplio con 1.218 %, Renacimiento Unido Nacional con 0.970 % y Democracia Directa con 0.901 %.
El 99.933 % de actas procesadas equivale a 86,430. Queda pendiente que la ONPE procese 58 actas más. Perú tiene derecho a colocar cinco representantes en el Parlamento Andino, institución que reúne también a Bolivia, Colombia, Ecuador y Chile.
Política
Cancillería pasa a retiro a embajador Harold Forsyth

La Cancillería pasará a situación de retiro al embajador en el servicio diplomático de la República Harold Winston Forsyth Mejía, el próximo 27 de mayo, por cumplir en dicha fecha 70 años de edad. La medida fue establecida mediante la Resolución Suprema 047-2021-RE, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Según la norma, que lleva la rúbrica del presidente Francisco Sagasti y del canciller Allan Wagner, a Forsyth se le dan las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.
El artículo 18 de la Ley 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro ocurre cuando el diplomático cumple 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, lo que ocurra primero.
Forsyth venía desempeñando el cargo de embajador de Perú en Japón, antes había estado a cargo de la legación en Estados Unidos, China, Italia y Colombia; además también fue viceministro de Relaciones Exteriores.
Asimismo, fue representante Permanente ante la FAO y el Programa Mundial de Alimentos; así como embajador concurrente ante San Marino y Turquía.
Harold Forsyth también fue uno de los 121 diplomáticos cesados en el 1992, durante la gestión de Alberto Fujimori, y fue congresista de la República en el periodo 1995-2000, cargo al que llegó a través de su postulación por Unión por el Perú (UPP).
Política
Al JNE le corresponde acatar inhabilitación de Vizcarra

El expresidente del Tribunal Constitucional (TC) Víctor García Toma señaló que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberá acatar la inhabilitación de Martín Vizcarra decidida por el Congreso, evitando entregarle la credencial de parlamentario electo.
“Publicada en el Diario Oficial El Peruano, esta resolución tiene efecto inmediato”, refirió el jurista, en declaraciones a Canal N. “El JNE se abstendrá de entregarle las credenciales y llamará a su accesitario”, explicó.
Recordó que Vizcarra y su defensa legal han señalado que han presentado dos recursos de amparo y una medida cautelar contra el proceso que se ha llevado a cabo en el Parlamento y que hoy tuvo su conclusión con la aprobación de la inhabilitación del exmandatario en el ejercicio de la función pública durante diez años.
“No se sabe si el Poder Judicial ha admitido o desestimado esos pedidos”, dijo García Toma, quien vislumbró que su demanda llegará al TC.
El jurista recordó que, con el de Vizcarra, son hasta el momento cinco los casos de inhabilitación decididos en el Congreso: los del expresidente Alberto Fujimori y los de las parlamentarias Martha Chávez, Carmen Lozada y Luz Salgado.
Recordó, asimismo, que ni a Vizcarra ni a las exministras Pilar Mazzetti y Elizabeth Astete se les ha imputado delitos en esta acusación, sino solo infracciones a la Constitución.
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