CONSECUENCIAS DE LA CRISIS FISCAL: La deuda pública externa y eterna
El año 2020 será recordado como el año de la mayor “catástrofe sanitaria” que haya experimentado el país con más de 80 mil muertos extraoficiales. Será reconocido como el período donde tuvimos tres presidentes de la república en una semana, con una revolución ciudadana que hizo respetar los principios democráticos, como el de la división de poderes ante un perverso golpe de estado.
Será también conocido como el de la mayor caída del valor de la producción, estimado en más de 13 % del PBI, y será también reconocido como el año en el cual se pactó por vez primera un endeudamiento externo a pagarse en 100 años, es decir en el año 2120.
Es decir, los nietos de nuestros hijos tendrán que abonar estos compromisos de deuda que se han pactado por primera vez para pagarse en una centuria. Ello significa que estamos dejando como herencia a nuestros bisnietos una hipoteca a su futuro, lo cual dice bastante, sobre la situación económica.
Lo curioso del discurso liberal que nos han vendido como sentido común, se relaciona con las supuestas bondades del modelo económico peruano aplicado en los últimos años. Se pregona que somos el país que ha tenido un crecimiento del 4.1 % como promedio anual entre el 2001 al 2019.
Se sostiene que tenemos una fortaleza macroeconómica y fiscal ejemplar. Que somos el país con la menor proporción de deuda pública externa en relación al PBI entre los países de la región, el que mejor ha pactado sus compromisos de deuda externa, en cuanto a tasas de interés.
También se afirma que somos el país que ha proporcionado más recursos del PBI en la lucha contra el “corona virus”. Solamente S/ 60 mil millones (más de US $ 17 mil millones) en el “Fondo Reactiva Perú”, que constituye un salvataje financiero para las grandes y medianas empresas del país ante la brutal caída de la demanda interna, producto de la cuarentena y aislamiento sanitario.
Sin embargo, ante un derrumbe en promedio del 30 % de la recaudación de los ingresos del estado, con un déficit fiscal casi del 10 % en relación al PBI para el 2020, el gobierno ha tomado la decisión de levantar crédito internacional mediante la emisión de bonos que se pagarán unos en unos 12 años, otros en 50 y 100 años.
En verdad, el presupuesto del 2021 que está por aprobarse en el desacreditado congreso de la república, a fin de mes, está desfinanciado y se requiere un endeudamiento público externo superior a los S/ 47 mil millones de soles, (más de US $ 12 mil millones), para financiar el gasto público.
LA DEUDA ETERNA
En principio, no es negativo endeudarse en el largo plazo si el país tiene el crédito suficiente, en un período en el cual existe una abundante liquidez internacional y bajas tasas de interés en el mercado norteamericano. Pero endeudarse por 100 años como lo hizo Argentina, preocupa, pues pone en duda la fortaleza macroeconómica del país.
El endeudamiento externo debería la excepción y no la norma y prácticamente para el 2021 y 2022 más del 38 % del PBI serán equivalentes como deuda pública externa que debe financiar el gasto público. Es de suponer que dicho endeudamiento debe estar destinado a una inversión de infraestructura o equivalente, pues sería perverso que el país se endeude para financiar el gasto corriente.
En verdad, recurrir al endeudamiento público externo es la salida fácil y expeditiva de los gobiernos que no aspiran a una reforma tributaria integral, que grave los mayores ingresos y la riqueza que se ha generado en el país, y que se ha concentrado en las grandes empresas y grupos de poder económico.
URGENTE REFORMA TRIBUTARIA
Un país de ingresos medios como el Perú con una población cercana a los 33 millones de habitantes con PBI de US $ 270 mil millones en dólares constantes, no puede tener una presión tributaria menor al 15 %, y un presupuesto público para el 2021 de 184 mil millones de soles (un aproximado de US $ 50 mil millones)
Ante las crecientes necesidades de la población, las inversiones necesarias en salud y educación pública, seguridad ciudadana e infraestructura, el estado demanda mayores ingresos fiscales y una racionalización de los mismos para minimizar la corrupción.
Una reforma tributaria que elimine las exoneraciones, los regímenes especiales, los beneficios tributarios, los gastos deducibles al impuesto a la renta que al final de cuentas minimizan los ingresos del estado.
Resulta inaceptable por ejemplo que el sector agroexportador genere ingresos de exportación del orden superiores a los US $ 6,200 millones anuales y el impuesto a la renta sea menor a los US $ 55 millones como sucedió en el 2019. Sector privilegiado que abona como tasa de impuesto a la renta el 15 % fuera de la tasa del régimen común que abona 30 %
En el mismo sentido, resulta una paradoja que ante tanta riqueza marina que el fisco perciba rentas tan ínfimas. Así, la pesca de exportación, tanto de la harina de pescado como de aceite pescado que genera ingresos anuales superiores a los US $ 2,500 millones abone menos de US $ 40 millones por concepto de impuesto a la renta
Urge que el próximo gobierno tenga como uno de sus objetivos fundamentales una reforma tributaria integral, que grave relativamente más la riqueza, el patrimonio y los altos ingresos para tener un estado posible y viable en el largo plazo.
AMPLIADO
Recurrir al endeudamiento público externo es la salida fácil y expeditiva de los gobiernos que no aspiran a una reforma tributaria integral.

Política
Testigo denuncia que quisieron comprar su silencio

La familia del periodista Hugo Bustíos, asesinado en 1988, advirtió que a una de las testigos del crimen le ofrecieron dinero de por vida para que se retracte de la denuncie y beneficie a uno de los implicados en el crimen que tendría vínculos con el candidato presidencial Daniel Urresti.
La testigo Ysabel Rodríguez Chipana denunció a Leoncio Ruiz Alanya por obstrucción a la justicia ante la Fiscalía Penal Provincial de Huanta, luego de que fuera amedrentada para que cambie la versión de sus declaraciones en las que implica a Daniel Urresti y a otros exmilitares.
Rodríguez Chipana señaló que Ruiz Alanya y otro sujeto que sería, presuntamente, sobrino del acusado, le pidieron que haga una declaración jurada notarial en donde afirme que ella “no tenía conocimiento sobre la muerte del periodista Hugo Bustíos”.
Rodríguez debía afirmar además que “no fue ultrajada sexualmente por Daniel Urresti ‘Capitán Arturo’” y que nunca había vivido en Errapata.
“A cambio de dichas versiones me entregarían dinero hasta el último día de mi vida y que Daniel Urresti personalmente vendría a Huamanga a realizar el trato”, señala la denuncia presentada ante la Fiscalía.
Política
Validan la vigencia de la consulta previa

La Corte Suprema anuló la disposición que evitaba el proceso de consulta previa en las comunidades nativas cuando se trataba de proyectos de servicios públicos como la construcción de carreteras, aeropuertos, hidrovías, líneas de transmisión eléctrica, entre otros.
La Corte Suprema anuló la Décimo Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Consulta Previa (DS 001-2012-MC) y de la Resolución Viceministerial que regulaba dicha Disposición (RV 013-2016-VMI/MC), declarando su nulidad con efecto retroactivo.
Las medidas anuladas vulneraban el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT y el artículo 2 de la Ley de Consulta Previa, Ley 29785, que no señalan excepción alguna al mandato de consulta previa de cualquier medida que afecte a los pueblos indígenas, indicó Lizardo Cauper, presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep).
Política
JNE deja fuera a otras 7 listas del PAP

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó fuera de carrera siete listas congresales del Partido Aprista Peruano (APRA), incluida Lima Metropolitana, que pretendían postular en las elecciones generales del 2021.
Con la decisión del organismo electoral, quedan fuera de la carrera electoral 13 listas congresales. De acuerdo a la resolución N.º 0042-2021-JNE, se procedió a declarar “infundado el recurso de apelación” interpuesto por el personero legal del partido, José Pimentel Aliaga.
De este modo, se resolvió “confirmar la resolución 00043-2020-JEE-LIC1/JNE, del 25 de diciembre de 2020, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que declaró improcedente el pedido de apertura del sistema y el escrito de ampliación, presentados por la referida organización política, en el marco de las Elecciones Generales 2021.
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